Demanda de divorcio de mutuo acuerdo, sin hijos comunes

AutorSoraya Callejo Carrión
Cargo del AutorAbogada
Actualizado aSeptiembre 2021

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID 1 QUE POR TURNO DE REPARTO CORRRESPONDA.

D. AAAAAA, Procurador de los Tribunales de Madrid, número de Colegiado 00000, y de Don BBBBB, y de Doña CCCCCC, según acredito mediante Escritura de poder que se acompaña como documento número 1, y bajo la dirección letrada de Doña DDDDD, Colegiada en el Iltre. Colegio de Abogados de Madrid, con el número 0000, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho

DIGO:

Que en la representación que ostento, vengo a formular DEMANDA DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO del matrimonio formado por Doña CCCCCC, con DNI número 0000000Z y domicilio en la calle -------- de Madrid, y D. BBBBBB, con DNI número 222222W y domicilio en la calle ------------- de Madrid, en base a los siguientes,

HECHOS

PRIMERO.- Doña CCCCC y Don BBBBB contrajeron matrimonio en en ......... el día .................

Se acompaña como documento número 2 Certificación de la Inscripción de matrimonio.

De dicha unión no nació descendencia común alguna.

SEGUNDO.- Con fecha ......., y siendo voluntad de ambos cónyuges obtener la disolución del vinculo matrimonial que les une, firmaron un nuevo Convenio Regulador por el que ambos manifiestan su voluntad de disolver el vinculo conyugal que les une y regular los efectos de su divorcio.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

PROCESALES

I

JURISDICCION

Compete el conocimiento del procedimiento a la Jurisdicción Civil, de conformidad con lo estipulado en el Art. 117 de la Constitución Española, Art. 2 de la LOPJ, y Art. 36 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

II

COMPETENCIA

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 769.2 de la LEC, ostenta la competencia objetiva y territorial el Juzgado de primera Instancia de Madrid, al que tengo el honor de dirigirme, pues el domicilio común del matrimonio se encontraba en dicha ciudad.

III

LEGITIMACION

La ostentan ambos cónyuges al ser los contrayentes del matrimonio cuya disolución se pretende de mutuo acuerdo.

IV

PROCEDIMIENTO

El procedimiento a seguir es el establecido en el Art. 777 de la LEC 1/2000, de 7 de Enero, que regula la separación y el divorcio solicitados de mutuo acuerdo por ambos cónyuges, o por uno solo con el consentimiento del otro.

V.

DE DERECHO SUSTANTIVO

Son de aplicación los artículos 85 a 89, y 90 a 101 del CC, que regulan, respectivamente, la disolución del matrimonio y los efectos comunes a la nulidad...

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