SAP Madrid 47/2008, 5 de Febrero de 2008
Ponente | JOSE MANUEL CLEMENTE FERNANDEZ-PRIETO GONZALEZ |
ECLI | ES:APM:2008:6124 |
Número de Recurso | 337/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 47/2008 |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª |
ROLLO DE APELACION Nº 337/2007
PROC. ORAL Nº 238/2006
JUZGADO DE LO PENAL Nº 17 DE MADRID
S E N T E N C I A Nº 47/2.008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEXTA. ILMOS. SRES.
MAGISTRADOS
D. FRANCISCO JESÚS SERRANO GASSENT
D. JOSE MANUEL FERNÁNDEZ PRIETO GONZALEZ
D. JULIAN ABAD CRESPO
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En Madrid, a 5 de febrero de 2008.
VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias
seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra
la sentencia dictada por la Ilmo. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 17 de Madrid de fecha 5 de julio de 2007, en la
causa citada al margen.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MANUEL FERNÁNDEZ PRIETO GONZALEZ, quién expresa el parecer de la Sala.
Por la Ilmo. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 17 de Madrid, se dictó sentencia de fecha 5 de julio de 2007, cuyo relato fáctico es el siguiente: "Que entre las 23,30 horas del dia 1 de abril de 2.004 y las 3 horas del dia siguiente (2 de abril de 2.004), el vehículo Opel Astra matrícula N-....-WP, que su propietaria Celestina, había dejado perfectamente cerrado debidamente estacionado en la calle Valle de Oro de Madrid, fue violentado en la cerradura y sustraido.
Sobre las 4,10 horas del dia 2 de abril de 2.004 el acusado Donato, con DNI nº NUM000, mayor de edad como nacido el dia 12 de abril de 1.985 y ejecutoriamente condenado en sentencia firme de fecha 6-9-03 a la pena de multa por delito de robo con fuerza en las cosas, fue sorprendido por agentes de la policia local de Leganés cuando ocupaba el asiendo del copiloto del vehículo anteriormente citado, Opel Astra GSI matrícula N-....-WP.
No ha quedado acreditado que el acusado además de ocupar el citado vehículo participara de algún modo en la sustracción del mismo."
Siendo su fallo del tenor literal siguiente: "Que debo absolver y absuelvo a Donato del delito de robo de uso de vehículo a motor del art. 244-1º y 2º del Código Penal, del que venía siendo acusado, con declaración de costas de oficio."
Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por el Ministerio Fiscal recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Procurador D. José Pedro Vila Rodríguez, en representación de Donato, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.
En fecha 8 de octubre de 2007, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y por providencia del día 18 siguiente se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 4 de febrero de 2007.
SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes.
Se impugna la sentencia recurrida por error en la valoración de la prueba. Sobre esta cuestión debe indicarse que ya es doctrina reiterada la que establece que sin olvidar la extensión de facultades que todo recurso de apelación, por su contenido y función procesal, concede al órgano jurisdiccional que ha de resolverlo aspirando a una recta realización de la justicia, ni que mediante su interposición se juzga de nuevo íntegramente,...
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