SAP Valencia 94/2008, 19 de Febrero de 2008
Ponente | JOSE ANDRES ESCRIBANO PARREÑO |
ECLI | ES:APV:2008:778 |
Número de Recurso | 21/2007/ |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 94/2008 |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª |
94/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
VALENCIA
P.A. 26/05 (antes D.P. 606/04)
Rº 21/07
Jdo. Instr. 4 Llíria
F/ Sr/a. Calvo García de Nalda Martínez
SENTENCIA NÚMERO 94/08
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SEÑORES:
PRESIDENTE
D. JOSÉ MARÍA TOMÁS TÍO
MAGISTRADOS
D. JOSÉ ANDRÉS ESCRIBANO PARREÑO
D. CARLOS TURIEL SANDÍN
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En la ciudad de Valencia, a diecinueve de febrero de dos mil ocho.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Señores anotados al margen, ha visto en juicio oral y público, la causa seguida con el número de Procedimiento Abreviado 26 de 2005, procedente del Juzgado de Instrucción número 4 de Llíria, a la que correspondió el Rollo de Sala número 21/07, por delito de detención ilegal, contra Luis Alberto, con D.N.I. número NUM000, hijo de Julio y de María Lourdes, nacido en Reus (Tarragona) el día 16 de septiembre de 1965, vecino de Santa Perpetua de Mogoda (Barcelona), con domicilio en CALLE000 número NUM001, con antecedentes penales no computables, cuya solvencia no consta, y en situación de LIBERTAD provisional por esta causa; y contra Flora, con D.N.I. número NUM002, hija de Juan y de María Fátima, nacida en Guimarais (Portugal) el día 8 de abril de 1965, vecina de Santa Perpetua de Mogoda, con domicilio en CALLE000 número NUM001, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en situación de LIBERTAD provisional por esta causa.
Han sido partes en el proceso, el Ministerio Fiscal y los mencionados acusados, representados por la Procuradora Dña. Montserrat de Nalda Martínez y defendidos por el Letrado D. Antonio Domingo Lliso; siendo Ponente el Sr. Magistrado D. JOSÉ ANDRÉS ESCRIBANO PARREÑO.
En sesión que tuvo lugar el día doce de febrero de 2008, se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el número de Procedimiento Abreviado 26 de 2005, por el Juzgado de Instrucción número 4 de Llíria, a la que correspondió el Rollo de Sala número 21/07, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos objeto del proceso, tal como estimó que habían quedado probados, como constitutivos de un delito de detención ilegal, previsto y penado en el artículo 163.1 del Código Penal, acusando como responsables criminalmente del mismo en concepto de autores a Luis Alberto y a Flora, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando se les condenara, a cada uno de ellos, a la pena de cinco años de prisión, accesorias y pago de costas.
La defensa de los acusados, en sus conclusiones definitivas, entendiendo que los hechos no eran constitutivos de delito alguno, solicitó la libre absolución de los mismos.
HECHOS PROBADOS
Los acusados Luis Alberto y Flora, ambos mayores de edad y con antecedentes penales el primero, no computables a efectos de reincidencia, venían dedicándose a actividades circenses de forma ambulante, siendo ayudados por el denunciante Raúl desde que éste tenía unos catorce años, al que daban una pequeña remuneración, junto al alojamiento y manutención. En las Navidades del año 2004 el citado Raúl se marchó a su domicilio, pero como los acusados tenían que hacer un viaje le llamaron para que volviera a cuidar de sus hijos, a lo que Raúl accedió voluntariamente. En la mañana del día 25 de diciembre de tal año los acusados fueron a su domicilio a recogerlo, marchándose todos al de aquéllos, sito en la CALLE001 NUM003...
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