SAP Valladolid 23/2004, 19 de Enero de 2004
Ponente | MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO |
ECLI | ES:APVA:2004:62 |
Número de Recurso | 18/2004 |
Número de Resolución | 23/2004 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª |
D. JOSE LUIS RUIZ ROMEROD. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍADª. Dª. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
VALLADOLID
SENTENCIA: 00023/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN CUARTA
VALLADOLID
APELACION PROCTO. ABREVIADO 18/2004
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 312/2003
JDO. DE LO PENAL nº: 2 de VALLADOLID
SENTENCIA Nº 23/04
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO
D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA
DÑA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
En VALLADOLID, a diecinueve de Enero de dos mil cuatro.
La Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal, dimanante del JDO. DE LO PENAL nº: 2 de VALLADOLID, por delito de CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRAFICO, seguido contra Manuel , siendo partes, como apelante Manuel , defendido por el Letrado JOSE FERNANDEZ RODRIGUEZ y representado por el Procurador EVA-MARÍA FORONDA RODRIGUEZ y, como apelado MINISTERIO FISCAL, habiendo sido Ponente el Magistrado DÑA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO.
El Juez JDO. DE LO PENAL nº: 2 de VALLADOLID, con fecha 13 de noviembre de 2003 dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recursodeclarando probados los siguientes hechos:
"UNICO.- Son hechos que se declaran probados que el acusado Manuel , sobre las 3,25 horas del día 25-4-03, conducía el turismo R-5, H-....-HV y cuando circulaba por la carretera N-620, debidoa la influencia del alcohol previamente ingerido, que limitaba sus facultades psicofísicas, no se ha parado ante un control de alcoholemia de la Guardia Civil existente en el punto kilométrico 145.
Tras ser perseguido por la Guardia Civil, el acusado ha parado a la entrada de la localidad de Villamarciel tras recorrer dos kilómetros.
Requerido para la práctica de la prueba de alcoholemia, el acusado se ha negado a su realización.
El acusado presentaba como síntomas externos de su intoxicación etílica rostro pálido, ojos brillantes, pupilas dilatadas, fuerte olor a alcohol, movimiento oscilante en la verticalidad del cuerpo.
Al bajar del coche se tambaleaba y hubo de ser sujetado".
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
"QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Manuel como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico a la pena de TRES MESES DE MULTA, con una cuota diaria de 3 euros y a la PRIVACION DEL DERECHO A CONDUCIR VEHICULOS A MOTOR Y CICLOMOTORES durante UNA AÑO Y UN DIA; y como autor de un delito de desobediencia a la pena de SEIS MESES DE PRISION, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y al pago de las COSTAS de este juicio".
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal de Manuel , que fue admitido en ambos efectos y practicadas las diligencias oportunas y previo emplazamiento de las partes, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal y no habiéndose propuesto diligencias probatorias, al estimar la Sala que no era necesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia, previa deliberación.
Como fundamentos de impugnación de la sentencia, se alegaron sustancialmente los siguientes:
- Error en la apreciación de las pruebas
- Infracción de precepto...
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