SAP Almería 193/2007, 20 de Junio de 2007

PonenteJESUS MARTINEZ ABAD
ECLIES:APAL:2007:377
Número de Recurso14/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución193/2007
Fecha de Resolución20 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 193/07

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE.

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID

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JUZGADO: INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE ALMERÍA

D. PREVIAS: 3280/06

P. ABREV. : 30/07

ROLLO SALA: 14/07

En la ciudad de Almería a Veinte de Junio de dos mil siete.

Vista en Juicio Oral y Público por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial la causa procedente del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Almería seguida por delito contra la salud pública, contra la acusada Julieta, nacida en Lisboa (Portugal) el día 12 de septiembre de 1962, hija de Ernesto y de Clarisi, domiciliada en calle DIRECCION000 nº NUM000 de esta Capital, sin antecedentes penales, insolvente, privada cautelarmente de libertad por esta causa desde el día 9-6-2006, en cuya situación continúa, representada por la Procuradora Dª. Mª. Dolores Ortiz Grau y defendida por el Letrado D. Juan Jesús Cano Castañeda siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Magistrado D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa fue incoada en virtud de diligencias nº 21938 incoadas el día 9 de Junio de 2006 por el Grupo de estupefacientes de la Comisaría de Policía de Almería, remitido al Juzgado de Instrucción nº 3 de la misma ciudad. Practicada la correspondiente investigación judicial, dio el Juzgado traslado al Ministerio Fiscal que solicitó la apertura del Juicio Oral y formuló acusación contra la anteriormente circunstanciada. Abierto el Juicio Oral, se dio traslado a la defensa que presentó su escrito de calificación provisional, tras lo cual el Juzgado elevó las actuaciones a ésta Sala para su enjuiciamiento.

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en esta Sala, se señaló día para juicio, acto que tuvo lugar el día 19 de Junio de 2007 en forma oral y pública, con asistencia del Ministerio Fiscal, de la acusada y de su Letrado; dándose cumplimiento a todas las formalidades legales

TERCERO

El Ministerio Fiscal antes de iniciarse la práctica de la prueba modificó su escrito provisional de acusación en el sentido de calificar en sus conclusiones definitivas los hechos como constitutivos de un delito contra la Salud Pública (sustancias que causan grave daño a la salud) del artículo 368 inciso primero del Código Penal y reputando responsable del mismo en concepto de autor a la referida acusada, concurriendo la atenuante 6ª del artículo 21 del Código Penal por análoga significación con las circunstancias 1ª y 2ª del mismo precepto, solicitó se le impusiera la pena de 3 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.000 euros, con 20 días de arresto sustitutorio en caso de impago y abono de costas, así como el comiso de las sustancias, efectos y dinero intervenidos que se entregarán al Fondo Nacional de Bienes Decomisados conforme a la Ley 77/03.

CUARTO

La defensa del acusado mostró su conformidad con la nueva acusación del Ministerio Público, estimando innecesaria la continuación del juicio; conformidad que fue aceptada por dicha acusada, presente en el mencionado acto, declarándose el juicio, concluso para sentencia.

Como tales se declaran probados, por CONFORMIDAD DE LAS PARTES, los siguientes:

"El día 9 de junio de 2006, se llevó a cabo una...

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