SAP Barcelona 208/2008, 29 de Febrero de 2008

PonenteVICTOR GOMEZ MARTIN
ECLIES:APB:2008:2029
Número de Recurso462/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución208/2008
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Segunda

Procedimiento Abreviado nº 93/05

Rollo nº 462/07

Juzgado de lo Penal nº 1 Mataró

SENTENCIA 208

Ilmos. Sres. Magistrados

D. José Carlos Iglesias Martín

Dña. Mª José Magaldi Paternostro

D. Víctor Gómez Martín

En Barcelona, a veintinueve de febrero de dos mil ocho

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto, en grado de apelación, el presente Procedimiento Abreviado nº 93/05, seguido al nº 93/05, por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Mataró, por un presunto delito de robo con fuerza en las cosas, en el que ha ejercido la acusación el Ministerio Fiscal contra D. Rodolfo, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Dª. Mª Teresa TRESSERRAS TORRENT, y asistido del Letrado Sr. D. Antonio PRETEL ROMERO. Dicho procedimiento se encuentra pendiente ante esta Audiencia en virtud de recursos de apelación interpuestos por las respectivas representaciones de D. Rodolfo contra la sentencia dictada en primera instancia en fecha 6 de junio de 2007. Ha sido designado como Magistrado Ponente para la resolución de esta apelación el Ilmo. Sr. D. Víctor Gómez Martín, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La causa al margen referenciada tiene su antecedente en las Diligencias Previas nº 3/01 seguidas por el Juzgado de Instrucción nº 8 de Mataró.

Segundo

Tras ser practicadas las diligencias de investigación de los hechos que constan en autos, el Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación contra D. Rodolfo por considerarlo autor responsable de un delito de robo de uso de vehículo a motor ajeno, previsto y penado en el arto 244.1 y 2 CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, e instó la condena del mismo a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de 18 euros y tres meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la misma, así como a que indemizara a D. Cesar en la cantidad de 468 euros por los daños causados en el vehículo de su propiedad, y el pago de las costas.

Tercero

Abierto el Juicio Oral contra el acusado, el letrado presentó escrito de defensa en el trámite conferido al efecto, oponiéndose a lo interesado por la acusación e interesando la libre absolución de su defendido.

Cuarto

Recibidos en el presente Juzgado los presentes autos, se dictó el pertinente auto de admisión de prueba y se celebró el juicio sin la comparecencia del acusado al darse los requisitos legalmente previstos para ello, se planteó por la defensa la nulidad de actuaciones, la cual fue desestimada, todo ello en los términos consignados en el acta, y seguidamente se procedió a la práctica de los medios probatorios propuestos por acusación y defensa por el orden legal, con el resultado que figura en las actuaciones, interesando el Ministerio Fiscal y la defensa la elevación de sus conclusiones provisionales a definitivas, e informaron seguidamente acusación y defensa sobre el resultado de la prueba. Quedaron los autos vistos para dictar sentencia.

Quinto

En fecha 6 de junio de 2007, el Juzgado de lo Penal nº 1 de Mataró dictó Sentencia, por la que se declararon probados los siguientes hechos: "La noche del día 1 de enero de 2001, Rodolfo, mayor de edad con número ordinal de informática NUM002 y sin antecedentes penales, de común acuerdo con otro individuo cuya identidad no ha quedado acreditada, en hora indeterminada y con la intención de usarlo sin consentimiento de su legítimo titular, se dirigió a la calle Tos i Codina de la localidad de Mataró, donde Cesar había dejado correctamente estacionado y con sus accesos cerrados el turismo de su propiedad, modelo Opel Kadett 1.6 con matrícula....-X con un valor venal de 474'14 euros, y tras quebrantar la puerta delantera izquierda penetró en su interior, poniéndolo en marcha, siguiendo un itinerario desconocido que le llevó a la postre a la Avenida del Maresme de la localidad de Mataró, donde sobre las 00.15 horas del día 2 de enero de 2001 fue sorprendido mientras conducía dicho turismo por los agentes de la Policía Nacional con carnets profesionales número NUM000 y NUM001, quienes procedieron a dar el alto al acusado mediante megafonía, luces de emergencia y señales acústicas, el cual, lejos de dar cumplimiento a lo requerido por los agentes emprendió la huida a gran velocidad, iniciándose una persecución policial que finalizó cuando el acusado fue detenido finalmente en el Camí deIs Cinc Senies de la mentada localidad. Con motivo de tales hechos el vehículo Opel Kadett con matrícula....-X sufrió daños pericialmente tasados en 468 euros por los que su propietario reclama"

Sexto

La parte dispositiva de dicha resolución reza "[q]ue debo condenar y condeno a Rodolfo como responsable en concepto de autor de un delito de robo de uso de vehículo a motor del artículo 244.1 y 2 del Código penal sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de multa a razón de doce euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como a que indemnice a Cesar en la cantidad de 468 euros en concepto de reparación de los daños causados en el vehículo de su propiedad, y al pago de las costas procesales".

Sexto

Dicho procedimiento se encuentra pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Rodolfo

SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia apelada, anteriormente reproducida.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

El recurso de apelación se fundamenta en tres alegaciones: la...

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