SAP Lleida 101/2007, 12 de Marzo de 2007

PonenteEVA MARIA CHESA CELMA
ECLIES:APL:2007:43
Número de Recurso5/2007
ProcedimientoApelación penal
Número de Resolución101/2007
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Lleida, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LLEIDA

SECCIÓN PRIMERA

Rollo apelación penal 5/2007

Procedimiento abreviado 132/2006

Juzgado Penal 2 Lleida

S E N T E N C I A núm. 101 / 2007

PRESIDENTE:

DON FRANCISCO SEGURA SANCHO

MAGISTRADOS:

DON ANTONIO ROBLEDO VILLAR

DÑA. EVA MARIA CHESA CELMA

En la ciudad de Lleida, a doce de marzo de dos mil siete.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, integrada por los señores indicados al margen, ha visto el presente recurso de apelación contra sentencia de fecha 13 de noviembre de 2006, dictada en Procedimiento abreviado núm. 132/2006, seguido ante el Juzgado Penal 2 de Lleida. Es apelante Sergio, representado por la procuradora Sra. Cecilia Moll y bajo la dirección de la abogada Sra. Sonia Ribot. Es parte apelada David, representado por la procuradora Sra. Sagrario Fernández y bajo la dirección del abogado Sr. Luis del Río y el MINISTERIO FISCAL. Es ponente DOÑA EVA MARIA CHESA CELMA, Magistrada de la Audiencia Provincial de Lleida.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Penal 2 Lleida se dictó sentencia en el presente procedimiento en fecha 13/11/2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Sergio como autor responsable de un delito de lesiones, previsto y penado en el artículo 147.1 del C. Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales incluídas las de la acusación particular. Que debo condenar y condeno a David como autor de una falta de amenazas e injurias del artículo 620.2 del C. Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de doce días de multa con una cuota diaria de 6 euros, es decir, en total 72 euros y con una responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago e insolvencia de 6 días de privación de libertad y al pago de las costas. Que debo absolver y absuelvo a David del delito de amenazas y de la falta de lesiones que se le imputaban por la acusación particular en las presentes actuaciones. Por vía de responsabilidad civil Sergio deberá indemnizar a David en la cantidad de 1600 euros por los días de baja y secuelas."

SEGUNDO

Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación, mediante escrito debidamente motivado, del que se dio traslado a los apelados para adhesión o impugnación, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo, solicitando la íntegra confirmación de la sentencia de instancia.

TERCERO

Remitidos los autos a la Audiencia, esta acordó formar rollo y designar Magistrado ponente al que se entregaron las actuaciones para que propusiera a la Sala la resolución oportuna, con señalamiento de día y hora para la deliberación y votación.

ÚNICO.- Se admiten los que contiene la resolución recurrida en todo lo que no se oponga o contradiga lo que a continuación se argumenta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza en apelación el condenando Sergio por sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Lleida en procedimiento abreviado 132/2006 como autor de delito de lesiones. Argumenta en su escrito de recurso que la sentencia adolece de error...

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