SAP Guadalajara 121/2007, 4 de Junio de 2007

PonenteMARIA ANGELES MARTINEZ DOMINGUEZ
ECLIES:APGU:2007:192
Número de Recurso139/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución121/2007
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00121/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

GUADALAJARA

Sección 001

Domicilio: PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Telf: 949-23.52.30 y 31

Fax: 949-23.52.24

Modelo: SEN00

N.I.G.: 19130 37 1 2007 0100145

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 139/2007

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de GUADALAJARA

Procedimiento de origen: VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 395/2006

RECURRENTE: Benjamín

Procurador/a: ANDRES BENEYTEZ AGUDO

Letrado/a: MARIANO GARCIA DE BLAS

RECURRIDO/A: Marí Trini, Cesar, Cesar, María, Antonieta

Procurador/a: SONSOLES CALVO BLAZQUEZ

Letrado/a: JOSE MANUEL CALVO BLAZQUEZ

ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS

Dª CONCEPCIÓN ESPEJEL JORQUERA

Dª ISABEL SERRANO FRIAS

Dª Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ

S E N T E N C I A Nº 121/07

En Guadalajara, a cuatro de Junio de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1 de la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 395/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de GUADALAJARA, a los que ha correspondido el Rollo 139/2007, en los que aparece como parte apelante D. Benjamín representado por el Procurador D. ANDRES BENEYTEZ AGUDO, y asistido por el Letrado D. MARIANO GARCIA DE BLAS, y como parte apelada Dª. Marí Trini, D. Cesar, D. Cesar, Dª. María y Dª. Antonieta, representados por la Procuradora Dª. SONSOLES CALVO BLAZQUEZ, y asistidos por el Letrado D. JOSE MANUEL CALVO BLAZQUEZ, sobre imposición de costas en procedimiento de desahucio, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 27 Octubre de 2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda presentada por la Procuradora Dª. Sonsoles Calvo Blázquez en nombre y representación de Dª. Marí Trini y otros, dando lugar a la misma declaro que el demandado ocupa el inmueble destinado a vivienda sita en el CALLE000 nº NUM000 en Romanones (Guadalajara) en situación de precario, y dando lugar asimismo al desahucio pretendido, condeno a dicha parte demandada a desalojar el inmueble antes descrito, dejándolo libre y expedito, bajo apercibimiento de su lanzamiento en el término legalmente establecido, si no lo desalojara.= Con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Benjamín, se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día 29 de Mayo.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- Se limita la cuestión controvertida en la alzada al pronunciamiento relativo a las costas, interesando el recurrente que no se le impongan las causadas en la instancia, a cuyos efectos invoca que se allanó antes de contestar a la demanda. En relación con el tema...

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