SAP Guadalajara 2/2007, 19 de Enero de 2007
Ponente | CONCEPCION ESPEJEL JORQUERA |
ECLI | ES:APGU:2007:29 |
Número de Recurso | 174/2006 |
Procedimiento | RECURSO APELACION MENORES |
Número de Resolución | 2/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
GUADALAJARA
SENTENCIA: 00002/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GUADALAJARA
Sección nº 001
Rollo: Apelación Menores 174/2006
Órgano de Procedencia: JUZGADO DE MENORES N. 1 de GUADALAJARA
Proc. Origen: Proc. Juzgado Menores 23/2006
Apelante: Trinidad (MENOR), Juan Carlos, Alejandra
Letrado: Antonio Mozas López
Apelado: Pablo
Letrado: José Luis Heras Rincón
ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS:
Dª CONCEPCION ESPEJEL JORQUERA
Dª ISABEL SERRANO FRÍAS
Dª MARÍA ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ
S E N T E N C I A Nº 2/07
En GUADALAJARA, a diecinueve de Enero de dos mil siete.
La Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, el presente Expediente nº 23/06, dimanante del Juzgado de Menores de Guadalajara, por delito de daños, seguido contra el menor Trinidad, siendo partes, como apelantes, Trinidad, Juan Carlos, Alejandra, asistidos por el Letrado D. Antonio Mozas López y, como apelado, Pablo, asistido por el Letrado D. José Luis Heras Rincón, habiendo sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado D. CONCEPCION ESPEJEL JORQUERA.
El Juez de JUZGADO DE MENORES N. 1 de GUADALAJARA, con fecha 6 de Octubre de 2006 dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por D. Pablo, contra la menor Trinidad y sus padres D. Juan Carlos y Dª Alejandra, debo condenar y condeno a los mencionados demandados a que conjunta y solidariamente abonen al actor la suma de doscientos veintisiete euros con diecinueve céntimos (227,19 €), más los intereses legales de dicha cantidad previstos en el artículo 576 de la LEC, condenando en costas a los demandados".
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal del menor, que fue admitido en cambos efectos y practicados los oportunos traslados, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal donde fue señalado día para la vista de apelación que tuvo lugar con asistencia de las partes.
En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar resolución.
Se admiten y esta Sala hace propios los hechos declarados probados por la sentencia de instancia.
Se invoca, en primer término, que el Juez a quo aplicó indebidamente el art. 263 C.P., habida consideración de que los daños a cuyo resarcimiento han sido condenados los padres de la menor implicada no ascendieron a la suma de 400 Euros, lo que obliga a precisar que el expediente de reforma contra la menor fue sobreseído; siendo la que nos ocupa una resolución estimatoria de una demanda deducida por el perjudicado contra los progenitores de la autora del daño, al amparo de lo dispuesto en el art. 61.3 LO 5/2000 de 12 Enero de responsabilidad penal de los menores, el cual establece que, cuando el responsable de los hechos cometidos sea un menor de dieciocho años, responderán solidariamente con él de los daños y perjuicios causados sus...
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