SAP Madrid 63/2003, 19 de Junio de 2003

ECLIES:APM:2003:7420
Número de Recurso30/2003
Número de Resolución63/2003
Fecha de Resolución19 de Junio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

ROLLO n° 30-2003 PA

Diligencias previas de Procedimiento Abreviado n° 919-2002

Juzgado de instrucción número 2 de Fuenlabrada

SENTENCIA n° 63/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 16ª

Iltmos. Sres.

D. Miguel Hidalgo Abia

Dª Carmen Lamela Díaz

D. Ramiro Ventura Faci

En Madrid a 19 de junio de 2003.

Visto en juicio oral y público, ante la Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid, el presente Procedimiento Abreviado n° 30/2003 procedente del Juzgado de Instrucción n° 2 de Fúenlabrada, seguida de oficio por un supuesto delito de estafa, habiendo intervenido las siguientes partes procesales:

El Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública representado por doña Rocío

El acusado don Gustavo , nacido en Benín (Nigeria) el día 3 de mayo de 1960, hijo de David y Clara , con Permiso de Trabajo y Residencia en España número NUM000 , con domicilio en la CALLE000 n° NUM001 - NUM002 de Parla, representado por la Procuradora doña María del Pilar Villa Molina y defendido por el Abogado don Luis Rey Aguilar.

El acusado don Fidel , nacido en Benin (Nigeria) el día 20 de junio de 1973, hijo de Eugenio y de Claudia , con domicilio en Parla, CALLE000 número NUM001 , NUM002 , con Permiso de Trabajo y Residencia en España número NUM003 , representado por la Procuradora doña María del Mar Villa Molina y defendido a por el abogado don Luis Rey Aguilar.

Ha sido Ponente el Magistrado Sr. Ramiro Ventura Faci, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito de estafa de los artículos 249 y 250,6 del Código Penal considerando autores responsables a los acusado don Gustavo y don Fidel , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de La responsabilidad criminal, solicitando se les impusiera a cada uno de ellos la pena de seis años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo la condena, pago de las costas y a que indemnicen a don Javier en la cuantía de 5 millones Ptas.

Segundo

La defensa de los acusados mostró su disconformidad con la acusación formulada por el Ministerio Fiscal solicitando la libre absolución de ambos.

Tercero

En último lugar se concedió la palabra a los acusados don Gustavo y don Fidel .

Primero

En el segundo semestre del año 1999 don Javier puso un anuncio de venta en el vehículo Nissan, matrícula H-....-HM .

Don Fidel se puso en contactó con don Javier interesándose por el vehículo formalizándose la compraventa del mismo entre ambos sin ningún tipo de incidencia

Segundo

Sobre el día 30 de marzo de 2000, don Fidel se puso de nuevo en contacto con don Javier diciéndole que un amigo suyo estaba interesado en comprar otro vehículo, diciéndole don Javier que disponía de un vehículo Ford Mondeo que le podía vender.

Con dicha excusa concertaron una reunión en Hotel Avenida de Europa de Fuenlabrada, lugar a donde acudieron don Javier , don Fidel , don Gustavo y otro individuo, de raza negra, hasta la fecha no identificado, que era quien supuestamente estaba interesado en la compra del vehículo.

Ya en el hotel, los dos acusados don Gustavo y don Fidel , así como el tercer individuo, le dijeron a don Javier que si quería hacer un negocio. Preguntados por qué negocio le dijeron que tenía que ver una demostración en una habitación del hotel.

Don Javier y este tercer individuo no identificado subieron a una habitación del hotel, sin que pudieran hacerlo los dos acusados don Gustavo y don Fidel porque así se lo indicaron los empleados del hotel.

Ya en la habitación este tercer individuo le realizó una demostración consistente en poner un billete de 5000 pesetas auténtico entre dos papeles de color negro, del mismo tamaño que el billete y, tras envolverlo con un papel de aluminio, le aplicó unos productos, lo desenvolvió a continuación, pudiendo entonces apreciar don Javier que los dos papeles negros eran dos billetes de 5000 pesetas, afirmándole este individuo que eran de curso legal y que podía acudir al banco para confirmarlo.

Bajaron ambos de la habitación, reuniéndose en la cafetería del hotel de nuevo con los dos acusados, momento en que los dos acusados don Gustavo y don Fidel , junto con el tercer individuo, propusieron a don Javier realizar un negocio consistente en que éste aportara 10 millones de pesetas para realizar operaciones similares con papeles negros con la finalidad de convertirlos en billetes de curso legal, obteniendo así 20 millones de pesetas que se repartirían.

Don Javier aceptó realizar el negocio que le proponían pero diciéndoles que solamente disponía de 5 millones de pesetas, quedando en reunirse posteriormente, una vez que obtuviera la citada cantidad.

Tercero

Una vez que don Javier reunió la cantidad de 5 millones de pesetas quedó con don Fidel en el domicilio del primero sito en la CALLE001 n° NUM004 - NUM005 , de Fuenlabrada, el día 15 de abril de 2000.

El día 15 de abril de 2000, don Fidel acudió al domicilio de don Javier acompañado de un cuarto individuo ahora no enjuiciado.

Don Javier invitó a que sólo uno de ellos subiera a su domicilio para realizar la operación, subiendo el individuo a que ahora no es enjuiciado, entregándole don Javier los 5 millones de pesetas que había reunido para que realizara este cuarto individuo la operación prevista.

Fue introduciendo los billetes auténticos que había aportado don Javier entre dos cartulinas de color negro, posteriormente las envolvió en un papel de aluminio y después les aplicó un producto.

En un determinado momento, este indebido pidió a Javier que fuera a buscar un secador para ir adelantando la operación, momento en que este individuo aprovechó para cambiar el paquete que había confeccionado con los billetes auténticos aportados por Javier , por otro paquete similar que solamente contenían cartulinas negras, escondiendo el paquete con los billetes auténticos de Javier entre las bolsas donde este individuo portaba los productos y materiales utilizados para la operativa.

Una vez que terminaron de realizar la operación, este individuo le dijo a Javier que debía secarse el paquete y que necesitaba comprar otro producto para aplicarlo a los billetes y finalizar la operación, debiendo quedarse paquete sin ser manipulado para que no se perjudica la operación, marchándose del domicilio de don Javier en compañía de don Fidel .

Como después de dos días don Javier no recibía noticias de estos individuos, llamo a don Fidel al objeto de que le explicara el motivo por el cual no acudían a finalizar la operación explicándole don Fidel que estaban esperando recibir un líquido de la embajada de China, que en esas fechas estaba cerrada..

Tras estas excusas don Javier decidió abrir el paquete descubriendo que en su interior se hallaban exclusivamente cartulinas de color negro, sin que estuvieran los billetes que él mismo había aportado.

Cuarto

Don Javier denunció los hechos a la Policía volviendo a llamar a don Fidel quedando en reunirse en la estación de RENFE de Fuenlabrada, lugar a donde acudieron don Fidel y don Gustavo , siendo entonces ambos detenidos ambos por los funcionarios de Policía Nacional.

Quinto

Don Gustavo ha estado privado de libertad por esta causa desde el día 18 de abril de 2000 hasta el día 22 de julio de 2000.

El acusado don Fidel ha estado privado de libertad por esta causa desde el día 18 de abril de 2000 hasta el día 4 de julio de 2000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Valoración de la prueba que fundamenta la declaración de hechos probados:

Los hechos tal como se declarados probados en el presente procedimiento están suficientemente acreditados conforme a la siguiente valoración del conjunto de la prueba:

  1. - Don Javier declaró en el acto de juicio oral que "le comentaron que si quería hacer un negocio. Se lo dijo el segundo acusado (don Fidel ). El negocio no le comentaron que consistía. El dicente se lo pensó y quedaron con él para hacerle una demostración. Le llevaron al hotel de Fuenlabrada. En ellos esperaban abajo. Subió otra persona que no está aquí. Que no subieron los acusados porque no les dejaron en el hotel. Que esa persona hizo la demostración. Que la demostración era con un billete normal y dos planchas de cartulina, echaban un líquido, eran billetes pero tintados, con el líquido se quitaba la tinta y sacaban un billete. De ese papel negro decían que eran billetes, le dijeron que había que añadir ese producto para que saliera el billete. Le dijo que ese dinero era verdadero y que le llevara al Banco para ver que era legal... Cuando bajan, estando presentes los acusados, también se lo proponen. Iba a hacer en el domicilio 5 millones. Vino una persona, uno de estos dos, y trajo todo y uno de estos dos, y trajo el líquido y cartulinas, y en la cartulina echaba el líquido, lo envolvía el papel Albal y pidió un secador y al salir de la habitación a por el secador, en ese momento supone que hizo el cambiazo... Pasados unos días se dio cuenta del timo y abrió el paquete... Estaba en contacto con ellos para ver cuándo habría el paquete. Le decían que esperaran para que saliera bien. Quedó con ellos en la estación de ferrocarril de la Serna para que les detuviera la Policía... Eran 5 millones lo que le entregaron... 500.000 Ptas se las pide a su padre, 600.000 pesetas al abuelo y el resto era suyo... Cuando se va a hacer la compra del Mondeo el segundo acusado (don Fidel ) se pone en contacto para pedirle el coche. Tiene un amigo que quiere comprar el coche... Vino con la persona que justamente iba a comprar el coche... El que ofreció el negocio fue el segundo acusado (don Fidel ). Le propusiera todos hacer el negocio, estaban todos compinchados, estaban todos juntos cuando...

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