SAP Cantabria 194/2007, 6 de Junio de 2007

PonenteMARIA RIVAS DIAZ DE ANTOÑANA
ECLIES:APS:2007:807
Número de Recurso172/2007
Número de Resolución194/2007
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 02194/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA rollo RP 172/07

Sección Primera

S E N T E N C I A 194/07

Ilmo. Sr. Presidente

Don Javier de la Hoz de la Escalera.

Ilmos. Srs. Magistrados

Doña Maria Rivas Díaz de Antoñana.

Don Ernesto Sagüillo Tejerina.

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En la Ciudad de Santander, a seis de junio de dos mil siete.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa núm. 342/05 del Juzgado de lo Penal núm. Dos de Santander, Rollo de Sala 172/07, seguida por delito de conducción temeraria y falta de desobediencia contra Manuel, representado por la procuradora Sra. Peña Revilla y defendido por el letrado Sr. Serna Gómez.

Ha sido parte apelante en este recurso el acusado.

Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrado doña Maria Rivas Díaz de Antoñana.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa de que este Rollo dimana, por el Juzgado de lo Penal indicado se dictó con fecha siete de febrero de dos mil siete Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente:

"Hechos Probados: Manuel, el día 6 de junio de 2004, sobre las 7,30 horas, conducía el vehículo matrícula W-....-EW, propiedad de Eusebio, por las calles de Santander, haciéndolo a una velocidad extraordinaria y generando un grave riesgo para la vida e integridad de peatones y conductores. Por ello al llegar a la altura de la Plaza de Numancia le fue dado el alto por agentes policiales y aquel lejos de atender al requerimiento aceleró, teniendo el agente nº NUM000 que arrojarse al suelo para no ser atropellado. El conductor continuó con su precipitada marcha por la calle Floranes siendo perseguido por una dotación policial, hasta llegar a un paso de peatones en el que tras estar a punto de atropellar a una viandante, frenó bruscamente y salió corriendo a pie sin que pudiese ser detenido.

Fallo: Que debo condenar y condeno a Manuel, como autor responsable de un delito de conducción temeraria previsto y penado en el artículo 381 del Código Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 2 años; y como autor de una falta de desobediencia del art. 634 CP, debo condenarle y condeno a la pena de multa de 30 días a razón de 6 euros día; así como al sufragio de las costas procesales."

SEGUNDO

Por el acusado, con la representación y defensa aludidas, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación,...

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