SAP Cádiz 117/2003, 20 de Octubre de 2003

PonenteAntonio Marín Fernández
ECLIES:APCA:2003:1874
Número de Recurso5/1998
Número de Resolución117/2003
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª
  1. Antonio Marín FernándezDª. Dª. Ana Rubio EncinasD. Miguel Angel Feliz Martínez

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION CUARTA

S E N T E N C I A Nº 117/03

Ilustrísimos Señores:

PRESIDENTE

Antonio Marín Fernández

MAGISTRADOS

Ana Rubio Encinas

Miguel Angel Feliz Martínez

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE PUERTO REAL Nº 2

SUMARIO Nº 1/1998

SUMARIO AUDIENCIA Nº 5/1998

En Cádiz, a 20 de octubre de dos mil tres.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Srs.del margen, ha visto en Juicio oral y público la causa ya anotada seguida por la comisión de un delito de asesinato y otro contra la salud pública, en la que se ha tenido como acusadas a las siguientes personas:

  1. Evaristo , nacido en Tarifa (Cádiz) el día 27/diciembre/1965, hijo de Alvaro y de Remedios , con Documento Nacional de Identidad número NUM000 , con antecedentes penales, vecino de Los Barrios (Cádiz), CALLE000 nº NUM001 ; se encuentra en situa ción de prisión preventiva desde el día 9/agosto/2000, habiendo estado así mismo privado de libertad entre los días 8/julio/1998 y 10/julio/1998; ha sido representado por la Procuradora Sra. Gutiérrez de la Hoz y defendido por el Letrado Sr. Tuero Madiedo.

  2. Alberto , nacido en Algeciras (Cádiz) el día 18/marzo/1967, hijo de Alvaro y de Remedios , con Documento Nacional de Identidad número NUM002 , con antecedentes penales, vecino de Tarifa (Cádiz), Pedanía DIRECCION000 nº NUM003 y NUM004 ; se encuentra en situación de prisión preventiva desde el día 8/agosto/2000, habiendo estado así mismo privado de libertad entre los días 8/julio/1998 y 10/julio/1998; ha sido representado por la Procuradora Sra. Gutiérrez de la Hoz y defendido por el Letrado Sr. Tuero Madiedo.

  3. Casimiro , nacido en Tarifa (Cádiz) el día 23/octubre/1957, hijo de Pedro Jesús y de Valentina , con Documento Nacional de Identidad número NUM005 , sin antecedentes penales, vecino de Barbate (Cádiz), AVENIDA000 , EDIFICIO000 , bloque NUM006 , NUM007 NUM008 ; se encuentra en situación de libertad provisional, habiendo estado privado de libertad entre los días 29/agosto/1998 y 23/noviembre/1998; ha sido representado por la Procuradora Sra. Fernández Roche y defendido por el Letrado Sr. Serrano Martínez.

  4. Magdalena , nacida en Cádiz el día 31/agosto/1966, hija de Alonso y de Josefa, con Documento Nacional de Identidad número NUM009 , sin antecedentes penales, vecina de Barbate (Cádiz), CALLE001 n º NUM006 ; se encuentra en situación de libertad provisional, habiendo estado privada de libertad entre los días 7/agosto/2000 y 11/agosto/2000; ha sido representada por la Procuradora Sra. Goenechea de la Rosa y defendida por la LetradoSra. Gilabert del Salto.

  5. Benito , nacido en Jerez de la Frontera (Cádiz) el día 29/mayo/1957, hijo de Juan Enrique y de Estefanía , con Documento Nacional de Identidad número NUM010 , sin antecedentes penales, vecino de Jerez de la Frontera (Cádiz), Hijuela de las Coles, CALLE002 nº NUM011 ; se encuentra en situación de libertad provisional; ha sido representado por la Procuradora Sra. Zambrano Valdivia y defendido por el Letrado Sr. Cosano Alarcón.

  6. Juan Ramón , nacido en Jerez de la Frontera (Cádiz) el día 12/febrero/1962, hijo de Juan Enrique y de Estefanía , con Documento Nacional de Identidad número NUM012 , sin antecedentes penales, vecino de Jerez de la Frontera (Cádiz), URBANIZACIÓN000 , P. NUM007 , NUM013 , NUM014 ; se encuentra en situación de libertad provisional; ha sido representado por la Procuradora Sra. Zambrano Valdivia y defendido por el Letrado Sr. Cosano Alarcón.

  7. Donato , nacido en Gandía (Valencia) el día 1/enero/1973, hijo de Bartolomé y de Maribel , con Documento Nacional de Identidad número NUM015 , sin antecedentes penales, vecino de Vejer de la Frontera (Cádiz), carretera N 340, pk. NUM016 , " DIRECCION001 "; se encuentra en situación de libertad provisional, habiendo estado privado de libertad los días 23 y 24/junio/1998; ha sido representado por la Procuradora Sra. Gutiérrez de la Hoz y defendido por el Letrado Sr. Jareño Rodríguez-Sánchez.

  8. Esperanza , nacida en Gandía (Valencia) el día 26/septiembre/1974, hija de Everardo y de María Antonieta , con Documento Nacional de Identidad número NUM017 , sin antecedentes penales, vecina de Vejer de la Frontera, (Cádiz) carretera N 340, pk. NUM016 , " DIRECCION001 "; se encuentra en situación de libertad provisional, habiendo estado privada de libertad entre los días 23 y 24/junio/1998; ha sido representada por la Procuradora Sra. Gutiérrez de la Hoz y defendido por el Letrado Sr. Jareño Rodríguez-Sánchez.

  9. Gregorio , nacido en Jerez de la Frontera (Cádiz) el día 9/junio/1955, hijo de Bartolomé y de Estefanía , con Documento Nacional de Identidad número NUM018 , sin antecedentes penales, vecino de Jerez de la Frontera (Cádiz), AVENIDA001 nº NUM019 ; se encuentra en situación de libertad provisional; ha sido representado por el Procuradora Sr. Gómez Armario y defendido por el Letrado Sr. Macías Gaitán.

  10. Jorge , nacido en jerez de la Frontera (Cádiz) el día 15/septiembre/1946, hijo de José y de Angelina , con Documento Nacional de Identidad número 31.537.872, sin antecedentes penales, vecino de Jerez de la Frontera, CALLE003 NUM020 NUM008 ; se encuentra en situación de libertad provisional; ha sido representado por el Procurador Sr. Guillén Guillén, y defendido por la Letrado Sra. Terriza Racero.

  11. Romeo , nacido en Jerez de la Frontera (Cádiz) el día 12/diciembre/1960, hijo de Paulino y de Cristina , con Documento Nacional de Identidad número NUM021 , sin antecedentes penales, vecino de Jerez de la Frontera (Cádiz), POLÍGONO000 , bloque NUM022 , NUM023 NUM024 ; se encuentra en situación de libertad provisional; ha sido representado por la Procuradora Sra. García Fernández, y defendido por la Letrado Sr. Mariscal Jaén.

Ha sido parte el MINISTERIO FISCAL, en ejercicio de la acción pública, y Rebeca y Laura , Luis Pablo , Carlos Antonio y Antonia , como acusadores particulares, haciéndolo en su nombre el Pdor. Sr. Gómez Fernández, asistido del Letrado Sr. Horta Nieto. También lo ha sido la ADMINISTRACION DEL ESTADO en calidad de actor civil, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Magistrado SR. Antonio Marín Fernández, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Ministerio Fiscal y en el Sumario de la referencia, se formuló escrito de acusación: (1) Contra Evaristo , Alberto y Casimiro , al considerarlos autores de un delito de asesinato, previsto y penado en el artículo 139 del Código Penal, solicitando que se les impusiera la pena de diecisiete años y seis meses de prisión de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de duración de al condena; por vía de responsabilidad civil habrían de indemnizar, conjuntay solidariamente, a la esposa e hijos de Fidel en la suma de 30.000.000 de pesetas. (2) Contra Evaristo , Alberto , Casimiro , Benito , Juan Ramón , Donato , Esperanza , Gregorio , Jorge y Romeo , al considerarlos a todos ellos autores de un delito contra la salud pública, previsto y penado en los arts. 368 y 369.3º del Código Penal, concurriendo en los dos primeros la agravante de reincidencia del art. 22.8ª del Código Penal, solicitando que se impusiera a Evaristo , a Alberto , a Casimiro , a Donato , a Esperanza , a Jorge y a Romeo la pena de cuatro años y seis meses de prisión de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena y multa de 800.000.000 de pesetas, y a Benito , a Juan Ramón y a Gregorio la pena de tres años y un día de prisión de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena y multa de 400.000.000 de pesetas con responsabilidad personal subsidiaria de 90 días.

La acusación particular, por su parte, formuló escrito de acusación contra Casimiro , Evaristo , Alberto y contra Magdalena al considerarlos a todos ellos autores de un delito de asesinato, previsto y penado en el artículo 139.1º del Código Penal, concurriendo la circunstancia agravante de aprovechamiento de las circunstancias de lugar, tiempo y auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido y faciliten la impunidad del delincuente del art. 22.2ª del Código, solicitando que se les impusiera la pena de dieciocho años de prisión de prisión; por vía de responsabilidad civil habrían de indemnizar, conjunta y solidariamente, ala esposa e hijos de Fidel en la suma de 250.000 euros.

SEGUNDO

Las respectivas defensas de los acusados, Evaristo , Alberto , Casimiro , Magdalena , Benito , Juan Ramón , Donato , Esperanza , Gregorio , Jorge y Romeo , evacuaron el trámite de conclusiones provisionales entendiendo todas ellas que procedía la libre absolución de sus respectivos defendidos con declaración de las costas de oficio.

TERCERO

Abierto el Juicio Oral y admitida toda la prueba propuesta, mediante providencia de 16/junio/2003 se señaló definitivamente la celebración de la vista oral, que ha tenido lugar entre los días 8 y 26 del pasado mes de septiembre con la práctica de las pruebas propuestas y admitidas, tal como consta en acta. A su inicio se advirtió que la Administración del Estado se había personado en la fase sumarial ejercitando la acción de reembolso prevista en el art. 13 de la Ley 35/95 de ayuda y asistencia a víctimas de delitos violentos y, sin embargo, no se le había tenido por parte en la fase intermedia; se acordó, con la aquiescencia de todas las partes, darle intervención como parte en el plenario, como así efectivamente se hizo.

Concluida la prueba, y en trámite de formulación de las conclusiones definitivas: (1) El MINISTERIO FISCAL elevó a definitivas sus...

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