SAP Murcia 51/2008, 13 de Marzo de 2008
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2008:176 |
Número de Recurso | 234/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 51/2008 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00051/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCIÓN 001
Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf :968-229183
Fax :968-229184
Modelo : 00120
N.I.G. : 30030 37 2 2007 0102818
ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000234 /2007
Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 1 de MURCIA
Procedimiento de origen :JUICIO RAPIDO 0000521 /2007
RECURRENTE :
Procurador/a :
Letrado/a :
RECURRIDO/A : Carlos Miguel
Procurador/a :CARLOS JIMENEZ MARTINEZ
Letrado/a :FRANCISCO BAÑOS DIEZ
J.Penal de Murcia nº Uno
Juicio Rápido 521/2007
S E N T E N C I A Nº 5 1 /2 0 0 8
Ilmos Sres.
D. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
D. Fernando López del Amo González
Don Cayetano Blasco Ramón
Magistrados
En la ciudad de Murcia a trece de marzo de dos mil ocho.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Juicio Rápido de la Ley Orgánica 38/2002, que por el delito de acoso sexual fue seguido en el Juzgado de lo Penal de Murcia nº Uno con el nº 521/2007 contra
Carlos Miguel, representado por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y defendido por el Letrado Sr/a. Baños Díez;
habiendo sido partes apelantes en esta alzada el Ministerio Fiscal así como Celestina, quien estuvo representada en
Instancia por el Procurador Sr/a. Pontones Lorente y defendido por el Letrado Sr/a. Maza de Ayala. Siendo Ponente el Iltmo. Sr.
Don Fernando López del Amo González, quien expresa la convicción del Tribunal.
I- A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas Diligencias sentencia con fecha 25 de julio de 2007 sentando como hechos probados lo siguiente: "No ha quedado suficientemente probado que el acusado Carlos Miguel, aprovechando su condición de marido de la dueña de la empresa COMPOSTURAS DEL SEGURA, en la que trabajaban unas 20 mujeres, se dedicara a acosar a Celestina, haciéndole propuestas e insinuaciones de carácter sexual. Es posible que su comportamiento con la denunciante no fuera correcto, e incuso que fuera grosero, por realizar comentarios soeces -en público- que no venían a cuento, pero no ha quedado acreditado que las supuestas propuestas la llevaran a un estado de grave situación humillante, que le hiciera realmente insoportable o agobiante su trabajo, que abandonó, al interesarle mas emplearse en la empresa de un familiar".
Estimando el juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos del delito, dictó el siguiente "FALLO: Que debo absolver y absuelvo con todos los pronunciamientos favorables a Carlos Miguel del delito de ACOSO SEXUAL de que era acusado por el Ministerio Fiscal, declarando las costas de oficio".
Contra tal sentencia en nombre y representación de Celestina y por el Ministerio Fiscal se dedujo en tiempo y forma recurso de apelación, fundamentándolo en síntesis en que procedía la condena del...
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