DECRETO 33/1993, de 12 de marzo, por el que se delega en los miembros del Gobierno la concesión de ayudas y subvenciones nominativas.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

El punto 2 del artículo 19 de la Ley 10/1992, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1993, establece que corresponde al Gobierno otorgar ayudas nominativas de importe superior a cien mil (100.000) pesetas por razones de interés social o humanitarias y subvenciones nominativas por razones de reconocido interés público.

Con el fin de agilizar la tramitación administrativa que implica el desarrollo de la citada norma, el Gobierno tradicionalmente ha procedido a delegar, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en los titulares de los Departamentos el poder otorgar las que sean de la respectiva competencia en razón de la materia hasta un límite de quince millones (15.000.000) de pesetas.

En la delegación no se incluyen las subvenciones gestionadas ya que al regularse su concesión por normas específicas dictadas por la Administración del...

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