DECRETO 56/1990, de 20 de marzo, por el que se desarrolla lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 14/1989, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1990, y se delega en los miembros del Gobierno la concesión de determinadas subvenciones.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorC.la Presidencia
Rango de LeyDecreto

El punto 2 del artículo 12 de la Ley 14/1989, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1990, establece que el Gobierno, a propuesta de las Consejerías, por razones de reconocido interés público debidamente justificadas, podrá otorgar subvenciones nominativas e institucionalizadas, debiendo consignar expresamente el acuerdo de concesión, la cuantía de la subvención y el destino de los fondos.

Teniendo en cuenta la complejidad de la tramitación administrativa que la ejecución material de desarrollo de la citada norma implica, se estimó oportuno que una vez declaradas las acciones que se consideran de interés público, se delegase en los titulares de los Departamentos el poder otorgar las que sean de la respectiva competencia en razón de la materia hasta un límite máximo de 12 millones de pesetas, para lo que se promulgó el Decreto 45/1989, de 6 de abril.

En esa relación no se incluyen las...

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