SAP Murcia 386/2002, 31 de Octubre de 2002

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
ECLIES:APMU:2002:2687
Número de Recurso330/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución386/2002
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 386

En la ciudad de Murcia, a treinta y uno de octubre de dos mil dos.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Menor Cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Cartagena y seguidos ante el mismo con el nº 78/94 -Rollo nº 330/00-,en los que figura como demandante la sociedad Laverda Limited, en el Juzgado representada por el Procurador Sr. López-Mulet Martínez y defendida por la Letrada Sra. Dayer Jiménez y en esta alzada representada por la Procuradora Sra. Gallardo Amat y defendida por el Letrado Sr. Escolar, y como demandados don Rafael , don Fermín y don Victor Manuel , representados en el Juzgado por el Procurador Sr. Lozano Conesa y en esta alzada por el Sr. Aledo Martínez y defendidos por el Letrado Sr. Martínez-Escribano Gómez, don Juan Ramón , representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Zamora Conesa y defendido por el Letrado Sr. Lauret Mediano y en esta alzada por la el Sr. Rentero Jover y Letrada Sra. Ferrando García, la entidad José Díaz García S.A. representada por la Procuradora Sra. Cruz Fernández y defendida por el Letrado Sr. Castillo González y al entidad Mydrin S.A. representada por el Procurador Sr. Aledo Martínez y defendida por el Letrado Sr. Navarro Selfa, versando sobre responsabilidad en la construcción; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por los demandados don Juan Ramón y Mydrin S.A. contra la sentencia de fecha 26 de abril de 1999, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Que estimando como estimo la demanda formulada por el Procurador Don Jesús López-Mulet Martínez, en nombre y representación de la mercantil LAVERDA LIMITED, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados, las mercantiles MYDRIN, S.A., y JOSÉ DÍAZ GARCÍA, S.A., Don Rafael , Don Fermín , Don Victor Manuel y Don Juan Ramón . Habiendo, a que procedan a reparar en debidas condiciones técnicas y de seguridad la terraza y piscina objeto de la demanda, debiendo realizar, a su costa y expensas, las obras necesarias a fin de subsanar las deficiencias constructivas existentes en las mismas, ejecutando, asimismo, dichas obras de forma que eviten en el futuro la reaparición de las citadas deficiencias; y, para el supuesto de que no las ejecutasen, a que, también solidariamente, paguen a la actora los gastos que le origine la ejecución forzosade las mismas; todo ello con expresa imposición de las costas procesales a los demandados.

Segundo

Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por los demandados don Juan Ramón y Mydrin S.A. recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos elevándose los autos a esta Audiencia Provincial previos los oportunos emplazamientos, formándose el correspondiente Rollo en que comparecieron las partes debidamente representadas y, tramitado el recurso con arreglo a los de su clase, se señaló día para la vista, acto que ha tenido lugar el día 22 de octubre pasado con asistencia de los Letrados de las partes quienes solicitaron: los de las partes apelantes, la revocación de la sentencia apelada dictándose otra conforme a sus pretensiones de primera instancia, y los de las apeladas, su confirmación e imposición de costas causadas en esta alzada a la parte recurrente, quedando los autos vistos para sentencia.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La actora Laverda Limited formuló demanda de juicio declarativo de menor cuantía en ejercicio de acción sobre exigencia de responsabilidad decenal por ruina (artículo 1.591 del Código Civil), la que dirigió contra la promotora Mydrin S.A., la constructora José Díaz García S.A., los Arquitectos Superiores don Rafael , don Fermín y don Victor Manuel y el Arquitecto Técnico don Juan Ramón , solicitando que se condenara solidariamente a los mismos a reparar la terraza y piscina construidas como anejo a vivienda unifamiliar aislada, tipo Dali, situada sobre la parcela nº NUM000 en el Condominio C-11, Urbanización DIRECCION000 de La Manga Club, diputación del Rincón de San Ginés en el término municipal de Cartagena, por encontrarse dichos elementos en situación legal de ruina.

Así lo entendió la sentencia impugnada, que estimó íntegramente la demanda condenando solidariamente a los demandados a que procedan a reparar en debidas condiciones técnicas y de seguridad la terraza y piscina objeto de la demanda, debiendo realizar a su costa y expensas, las obras necesarias a fin de subsanar las deficiencias constructivas existentes en las mismas, ejecutando asimismo dichas obras de forma que eviten en el futuro la reaparición de las citadas deficiencias y, en caso contrario, paguen a la actora los gastos que le origine la ejecución de las mismas, con expresa imposición de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR