Defensa de una rebelión: la causa por el Manifiesto Revolucionario de 1930. De propósitos, responsabilidades y legitimidades políticas

AutorGonzalo J. Martínez Cánovas, Pedro Payá López
CargoUniversidad de Alicante/Universidad de Alicante
Páginas167-198
Historia Constitucional
ISSN 1576-4729, n. 23, 2022. http://www.historiaconstitucional.com, págs. 167-198
DEFENSA DE UNA REBELIÓN: LA CAUSA POR EL
MANIFIESTO REVOLUCIONARIO DE 1930. DE
PROPÓSITOS, RESPONSABILIDADES Y LEGITIMIDADES
POLÍTICAS
DEFENSE OF A REBELLION: THE TRIAL FOR THE
REVOLUTIONARY MANIFESTO OF 1930. POLITICAL
PURPOSES, RESPONSIBILITIES AND LEGITIMACY
Gonzalo J. Martínez Cánovas
Pedro Payá López
Universidad de Alicante
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.- II. BERENGUER COMO POSIBILIDAD PARA EL
REARME DE LA MONARQUÍA CONSTITUCIONAL.- III. HUIDAS Y DETENCIONES.-
IV. A AMBOS LADOS DE LOS MUROS DE LA MODELO.- V. ACUSACIÓN Y
DEFENSAS SE PREPARAN.- VI. “DESDE LA CÁRCEL SE MANDA”. VII. EL JUICIO.
VÍSPERAS, DESARROLLO Y REPERCUSIÓN.- VIII. CONCLUSIONES.
Resumen: Tras el fracaso de la Sublevación de Jaca del 12 de diciembre de
1930 y la ejecución de los capitanes Fermín Galán y Ángel García Hernández,
las autoridades gubernamentales consiguieron detener a seis de los dirigentes
del Comité Revolucionario. Acusados de conspiración para la rebelión militar,
se instruyó un sumarísimo cuya vista se celebraría durante los días 20 y 21 de
marzo de 1931. Entre estas dos fechas, la iniciativa del Comité Revolucionario —
con epicentro en la cárcel Modelo de Madrid— logró trasladar a la opinión pública
la existencia de un conicto de poderes que fue sintetizado durante la vista: la
legitimidad de la actitud insurreccional frente a un régimen que había perdido la
suya desde septiembre de 1923.
Abstract: After the failure of the Jaca Uprising of 12 December 1930 and the
execution of Captains Fermín Galán and Ángel García Hernández, the government
authorities managed to arrest six of the leaders of the Revolutionary Committee.
Charged with conspiracy to military rebelión. Charge with to conspiracy for the
military rebellion, a summary trial was instructed whose hearing would be held
between 20 and 21 March of the following year. Between these two dates, the
initiative of the Revolutionary Committee - with its epicenter in the Madrid Model
prison - managed to convey to public opinion the existence of a conict of powers
synthesized during the trial: the legitimacy of the insurrectional attitude towards a
regime that had lost its own since September 1923.
Gonzalo J. Martínez Cánovas y Pedro Payá López
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Palabras clave: Comité Revolucionario, Gobierno Provisional, Segunda República,
Consejo de guerra, delincuencia evolutiva.
Key Words: Revolucionary Committee 1930, Provisional Government, Spanish
Second Republic, Summary Trial, Evolutionary Crime.
I. INTRODUCCIÓN.
En la conocida “Nota ociosa” que publicó El Sol el 19 de agosto de 1930, puede
leerse que «la reunión duró desde las cuatro hasta las cinco y media»1. En aquella
hora y media de la tarde del 17 de agosto que ha pasado a la historia con el nombre
de Pacto de San Sebastián, una amplia mayoría de las fuerzas republicanas —desde
las «históricas» hasta las de nuevo cuño— convinieron en un objetivo común: la
caída de la Monarquía y la implantación de la República, hicieron un llamamiento
a las «demás organizaciones políticas y obreras» y se comprometieron a resolver el
problema de Cataluña en su relación con el Estado a través de la aprobación en
Cortes Constituyentes de un Estatuto de Autonomía, previo referéndum del pueblo
catalán. El impulso estratégico pasaba por la formación, los días siguientes, de un
Comité Revolucionario (CR) director del movimiento insurreccional que, llegado el
momento, debía alumbrar el Gobierno Provisional (GP) «en la sombra» de la futura
República2. En un primer momento Miguel Maura hizo las veces de antrión para
sus reuniones, las primeras celebradas en su residencia de verano de Hondarribia
y desde principios de septiembre en Madrid, si bien en la capital el principal punto
de encuentro conspirativo se situó en el Salón de Juntas del Ateneo3. Al tiempo que
Gonzalo Queipo de Llano asumía la dirección del Comité Militar Revolucionario y se
perlaban las liales regionales, se prodigaron los contactos tanto con las fuerzas
anarcosindicalistas como con las socialistas.
Si con los primeros no se llegó a alcanzar la avenencia pretendida, a pesar de
la férrea oposición de Julián Besteiro y Andrés Saborit las negociaciones con los
segundos culminaron el 19 de octubre con la incorporación ocial del socialismo
al movimiento, gracias, en buena medida, al «giro republicano» de Francisco Largo
Caballero4. Indalecio Prieto y Fernando de los Ríos, los otros dos que completaron
el tridente socialista que ingresó en el CR, ya venían trabajando desde el principio
1 El Sol, 19 de agosto de 1930. Sobre las particularidades de esta nota escrita por Indalecio Prieto
en un bar cercano al local donde se celebró la reunión: Eduardo de Guzmán, 1930. Historia política
de un año decisivo, Madrid, Ediciones Tebas, 1973, pp. 323-325.
2 Eduardo González Calleja et al., (edits.), La Segunda República española, Barcelona, Pasado y
Presente, 2015, pp. 41-43.
3 Para el desarrollo de las reuniones y el reparto de carteras véase, p. ej.: Joaquín Tomás Villarroya,
“El gobierno provisional de la Segunda República”, Cuadernos de la Facultad de Derecho, nº 7,
1984, pp. 111-132; Eduardo de Guzmán, 1930. Historia política de un año decisivo, op. cit., pp.
354-443.
4 Juan Francisco Fuentes Aragonés, Francisco Largo Caballero. El Lenin español, Madrid, Síntesis,
2005, pp. 166-170; Paul Preston, La destrucción de la democracia en España. Reacción, Reforma y
Revolución en la Segunda República, Madrid, Turner, 1978, pp. 47-49.
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y a título personal en favor del movimiento. Días más tarde, con la incorporación
del radical Diego Martínez Barrio para la cartera de Comunicaciones —de la que
contamos, cuanto menos, con tres versiones un tanto distintas en las memorias de
Miguel Maura5, Alejandro Lerroux6 y Niceto Alcalá Zamora7—, quedó denitivamente
perlado el GP.
Para entonces las maniobras del Comité no se circunscribían a la sombra
de la clandestinidad. En un trabajo de referencia ineludible, Rafael Cruz arma
que «el clandestino Comité Revolucionario se convirtió en un poder alternativo al
gobierno Berenguer, al presentar sus credenciales el 29 de septiembre en el mitin
autorizado de la plaza de toros vieja de Madrid»8. Si no tanto, desde luego fue la
primera gran manifestación de un fenómeno que logró su mayor expresión durante
los meses que los componentes encarcelados del CR esperaban juicio en prisión.
Durante el primer trimestre de 1931 la Modelo de Madrid se convirtió en uno de
los centros de atención de la política nacional, no porque los distinguidos presos
del Comité tuvieran competencias efectivas en las grandes decisiones gubernativas
que se sucedieron, sino porque constituyó la representación simbólica de toda la
causa republicana. El reconocimiento identitario con aquellos presos agitó una
movilización revolucionaria que, para colmo, contaba con martirologio propio desde
la ejecución de los capitanes Galán y García Hernández.
Por su parte la Monarquía lo apostó todo al proyectado calendario electoral
como único camino hacia la ansiada «normalidad» constitucional. Pero la divergencia
de posiciones personales y de proyectos políticos minó la fortaleza de un Gobierno
cuyas primeras grietas se fueron haciendo visibles a través de las vacilaciones de
algunos de sus ministros. Un observador nada sospechoso en su defensa de Alfonso
XIII como Juan de la Cierva y Peñael, armó que «la Cárcel Modelo comenzó a
ser el centro político más importante de España»9. Dentro de los muros de prisión
la percepción era similar; al decir de Alcalá Zamora, «a poco de llegar viose claro
por cuantos no estaban ciegos, que el centro de interés y aún de inujo en la
vida española estaba dentro de la cárcel»10. Fue elevada a la categoría de lugar
de peregrinación para las masas y logró establecer una interacción permanente
con la realidad política exterior. Tuñón de Lara señaló al respecto que «el poder de
hecho del adversario incide no sólo en el dispositivo de fuerzas del Poder, sino en
la conciencia de los hombres que lo ejercen o poseen o que están cerca de él. El
fenómeno se produce, sobre todo, en el primer trimestre de 1931»11. En parecida
lectura, Shlomo Ben-Ami esgrimió que a los presos se les dio la posibilidad, por
5 Miguel Maura, Así cayó Alfonso XIII…, Barcelona, Ariel, 1966, pp. 92-93.
6 Alejandro Lerroux, La pequeña historia de España, Madrid, Akrón, 2009, p. 101.
7 Niceto Alcalá Zamora y Torres, La victoria republicana, 1930-1931. El derrumbe de la monarquía
y el triunfo de una revolución pacíca, Madrid, La Esfera de los Libros, 2012, p. 133.
8 Rafael Cruz, Una revolución elegante. España 1931, Madrid, Alianza, 2014, p. 58.
9 Juan de la Cierva, Notas de mi vida, Madrid, Instituto Editorial Reus, 1955, p. 329.
10 Niceto Alcalá Zamora y Torres, La victoria republicana, 1930-1931. El derrumbe de la monarquía
y el triunfo de una revolución pacíca, op. cit., p. 172.
11 Manuel Tuñón de Lara, Historia y realidad del poder. El poder de las “élites” en el primer tercio
de la España del siglo XX, Madrid, Cuadernos para el diálogo, 1975, p. 146.

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