SAP Barcelona 58/2005, 27 de Enero de 2005

PonenteFERNANDO UTRILLAS CARBONELL
ECLIES:APB:2005:715
Número de Recurso83/2004
Número de Resolución58/2005
Fecha de Resolución27 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANTDª. ISABEL CARRIEDO MOMPIND. MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUED. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION Decimotercera

ROLLO Nº 83/2004 -A

JUICIO VERBAL NÚM. 376/2003

JUZGADO INSTRUCCIÓN 3 MATARÓ (ANT.CI-7)

S E N T E N C I A N ú m. 58/05

Ilmos. Sres.

D. JOAN CREMADES MORANT

Dª ISABEL CARRIEDO MOMPIN

Dª Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de enero de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 376/2003 seguidos por el Juzgado Instrucción 3 Mataró (ant.CI-7), a instancia de INGRU, S.A , contra MATERIALES MATARO, S.L , ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 26 de septiembre de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Mª Angeles OPISSO JULIA, actuando en nombre y representaciónd e la entidad mercantil INGRU S.A. contra la entidad mercantil MATERIALES MATARO S.L. representada por la Procuradora PILAR MARTINEZ RIVERO, absuelvo a la demandada de la pretensiones deducidas de contrario. Todo ello condenando a la parte actora al pago de las costas procesales causadas en esta instancia. "

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 25 de enero de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada por la demandante "Ingru, S.A.", con fundamento legal en las normas generales de las obligaciones y contratos,y los artículos 1544 y ss del Código Civil, acción de reclamación del precio,pendiente de pago,por importe de 1.484'11 euros, de los trabajos de reparación de una grúa marca Effer, modelo 110,descritos en la factura nº13382,de 21 de diciembre de 2001 (doc 3 de la demanda),se opone por la demandada "Materiales Mataró,S.L." que la reparación efectuada se produjo dentro del período de garantía anual pactado en el momento de la venta de la grua, de la actora a la demandada, en el mes de marzo del año 2001.

En relación con la garantía de los productos vendidos,el artículo 12 de la Ley 7/1996,de 15 de enero,de Ordenación del Comercio Minorista,establece que el vendedor responde de la calidad de los artículos vendidos en la forma determinada en los Códigos Civil y Mercantil, así como en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y normas concordantes y complementarias.

Aunque es doctrina comúnmente admitida (Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de febrero de 2002;RJA 2240/2002, que cita las Sentencias de 5 de febrero de 1985 y 23 de mayo de 1991;RJA 3784/1991), que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1255 del Código Civil cuando las partes han pactado un plazo de garantía resulta superfluo discutir si debe...

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