DECRETO 230/1998, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Pisos Tutelados.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Empleo y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales plantea los principios y objetivos configuradores del sistema de servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Canarias, estableciendo en su artículo 1, como su objetivo fundamental, el de garantizar el derecho de todos los ciudadanos a los servicios sociales, facilitando su acceso a los mismos, orientados a evitar y superar conjuntamente con otros elementos del régimen público de Bienestar Social, las situaciones de necesidad y de marginación social que presenten los individuos, grupos y comunidades en el territorio canario, favoreciendo el pleno y libre desarrollo de éstos.

Regula también la Ley 9/1987 la planificación de los Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma y la coordinación de las acciones y programas, tanto del sector público como del sector privado.

Por su parte, la Ley 11/1989, de 13 de julio, de Viviendas para Canarias determina que el Plan de Viviendas estará coordinado con las demás planificaciones sectoriales.

Sobre la base de los principios de planificación y coordinación que ambas leyes regulan, la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y la de Empleo y Asuntos Sociales establecieron de común acuerdo un conjunto de medidas que fijaba las bases para la creación de un sistema de ¿pisos tutelados¿, mediante la reserva de viviendas en las nuevas promociones de protección oficial, la adscripción de viviendas vacías en operaciones de rehabilitación o la construcción directa en solares cedidos por las entidades públicas o privadas.

El presente Decreto incluye dentro del concepto de ¿piso tutelado¿ a todas las viviendas destinadas a la convivencia, generalmente en régimen de alojamiento temporal, aunque en algunas ocasiones pueda convertirse en definitivo, y en régimen de ¿autogestión¿, de personas con dificultades económicas, de integración familiar o social, tuteladas por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro.

Asimismo, tiene como objetivo la presente norma ofrecer soluciones concretas a determinados problemas detectados por los estudios que se han venido realizando en el ámbito de la Comunidad Autónoma, ya que una de las salidas obligatorias para gran parte de las situaciones de riesgo, malos tratos, abandono, pobreza, edad avanzada, soledad, conflicto o rupturas matrimoniales, limitaciones físicas o psíquicas, pasa por contar con una vivienda digna o...

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