DECRETO 342/2011, de 17 de mayo, de reestructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyDecreto

DECRETO

342/2011, de 17 de mayo, de reestructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

El Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, determinó las competencias del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

Este Decreto comportó la creación del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, que asumía las competencias del anterior Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, y una parte de las competencias del anterior Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, en concreto, las referentes a la vivienda, la planificación y calidad ambiental, así como las políticas ante el cambio climático. De conformidad con dicho ámbito competencial, el Decreto 44/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, estableció la estructura del Departamento y determinó las competencias básicas de sus órganos.

Mediante el presente Decreto, el Departamento de Territorio y Sostenibilidad desarrolla y al mismo tiempo simplifica en algunos aspectos dicha estructura básica, determina de forma clara las competencias de los diferentes órganos administrativos y adapta la estructura de las unidades ya existentes con el fin de ajustarlas a la nueva organización departamental. Asimismo, con la voluntad de alcanzar una mayor seguridad jurídica y evitar la dispersión normativa actualmente existente, se derogan el Decreto 44/2011, de 4 de enero, y las normas reguladoras anteriores.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta del titular del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Capítulo 1 Artículo 1

Estructura del Departamento de Territorio y Sostenibilidad

Artículo 1

Estructura del Departamento

1.1 El Departamento de Territorio y Sostenibilidad, bajo la dirección del/de la consejero/a, se estructura en los órganos siguientes:

  1. La Secretaría General.

  2. La Secretaría de Territorio y Movilidad.

  3. La Secretaría de Vivienda y Mejora Urbana.

  4. La Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

    1.2 Quedan adscritas al Departamento de Territorio y Sostenibilidad las entidades siguientes:

  5. Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  6. Infraestructuras Ferroviarias de Cataluña, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  7. El Instituto Cartográfico de Cataluña, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  8. El Instituto Geológico de Cataluña, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  9. Puertos de la Generalidad de Cataluña, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  10. Aeropuertos de Cataluña, en los términos previstos legalmente, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  11. El Instituto Catalán del Suelo, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad, sin perjuicio de su coordinación con la Secretaría de Vivienda y Mejora Urbana para las actividades en materia de promoción de la vivienda protegida y de suelo para vivienda protegida.

  12. El Instituto para el Desarrollo de las Comarcas del Ebro (IDECE), mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  13. El Instituto para el Desarrollo y Promoción de L'Alt Pirineu i Aran (IDAPA), mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  14. La Agencia de la Vivienda de Cataluña, mediante la Secretaría de Vivienda y Mejora Urbana.

  15. La Agencia Catalana del Agua, mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

  16. La Agencia de Residuos de Cataluña, mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

  17. Aguas Ter Llobregat (ATLL), mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

  18. El Servicio Meteorológico de Cataluña, mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

    1.3 Quedan adscritas al Departamento de Territorio y Sostenibilidad las sociedades mercantiles siguientes:

  19. TABASA, Infraestructures i Serveis de Mobilitat, SA, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  20. Túnel del Cadí, SAC, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  21. Centrals i Infraestructures per a la Mobilidad i les Activitats Logístiques, SA (CIMALSA), mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

  22. Aeroports Públics de Catalunya, SLU, en los términos previstos legalmente, mediante la Secretaría de Territorio y Movilidad.

Capítulo 2 Artículo 2

Unidad de asistencia y apoyo al/a la consejero/a

Artículo 2

Gabinete del/de la Consejero/a

2.1 La unidad de asistencia y apoyo al/a la consejero/a es el Gabinete del/de la Consejero/a.

2.2 Son funciones del Gabinete del/de la Consejero/a, como a unidad de asistencia del/de la consejero/a, las siguientes:

  1. Dar apoyo y asistir a las actividades del/de la consejero/a.

  2. Coordinar las unidades que de ella dependen.

  3. Cualquier otra función que le encomiende el/la consejero/a.

    2.3 Del Gabinete del/de la Consejero/a dependen las unidades siguientes:

  4. La Oficina de Relaciones Institucionales.

  5. La Oficina de la Secretaría del/de la Consejero/a.

  6. La Oficina de Comunicación.

  7. La Oficina de Protocolo.

    2.4 La Oficina de Relaciones Institucionales tiene las siguientes funciones:

  8. Realizar el seguimiento y preparar la información necesaria para dar respuesta a las iniciativas del Parlamento de Cataluña y de los informes solicitados por el Síndic de Greuges.

  9. Realizar el seguimiento de la actividad parlamentaria de las demás instituciones estatales y en todos los asuntos que interesen al Departamento.

  10. Elaborar los informes y asesorar en materia de relaciones institucionales a la persona titular del Departamento.

  11. Cualquier otra función que de acuerdo con su naturaleza le sea encomendada expresamente.

    2.5 La Oficina de la Secretaría del/de la Consejero/a tiene las siguientes funciones:

  12. Coordinar y realizar las tareas administrativas de apoyo a la persona titular del Departamento.

  13. Asistir a la persona titular del Departamento en la organización de su agenda de actividades.

  14. Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

    2.6 La Oficina de Comunicación tiene las siguientes funciones:

  15. Dar apoyo y asistir a la persona titular del Departamento en el ejercicio de sus funciones en materia de medios de comunicación.

  16. Diseñar la política de comunicación del Departamento.

  17. Coordinar las relaciones de los diversos órganos del Departamento con los medios de comunicación.

  18. Realizar el análisis, la difusión interna y la repercusión del contenido informativo de los diferentes medios de comunicación.

  19. Enviar notas de prensa y comunicados y preparar entrevistas, reportajes y ruedas de prensa.

  20. Elaborar los informes que le sean encargados sobre este ámbito de actuación.

  21. Supervisar la gestión de los programas de comunicación intradepartamental.

  22. Supervisar, en coordinación con el Gabinete Técnico, las actuaciones de difusión externa del Departamento por los diferentes medios disponibles.

  23. Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

    2.7 La Oficina de Protocolo tiene las siguientes funciones:

  24. Gestionar las relaciones con la unidad competente en materia de protocolo de la Presidencia.

  25. Coordinar las actividades de protocolo, de actos públicos organizados por el Departamento y de aquellos en los que participa.

  26. Asesorar y asistir en materia de protocolo a la persona titular del Departamento.

  27. Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encomiende.

    2.8 Las personas titulares del Gabinete del/de la Consejero/a y de las unidades que de el dependen son personal eventual.

    2.9 El Consejo de Dirección del Departamento, bajo la dirección del/de la consejero/a, tiene las funciones de coordinar las políticas sectoriales, y está compuesto por las personas titulares de las unidades siguientes:

  28. Secretaría General.

  29. Secretaría de Territorio y Movilidad.

  30. Secretaría de Vivienda y Mejora Urbana.

  31. Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

  32. Dirección General de Transportes y Movilidad.

  33. Dirección General de Carreteras.

  34. Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

  35. Dirección General de Calidad Ambiental.

  36. Dirección General de Políticas Ambientales.

  37. Dirección de Servicios.

  38. Gabinete del/de la Consejero/a.

  39. Cualquier otro cargo que la persona titular del Departamento estime necesario para el ejercicio de sus funciones.

Capítulo 3 Artículos 3 a 50

Secretaría General

Artículo 3

Secretaría General

3.1 La persona titular de la Secretaría General ejerce las funciones que le atribuye la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el resto de normativa vigente, como también las demás que le encomiende el/la consejero/a.

3.2 Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría General se estructura en los órganos siguientes:

  1. La Dirección de Servicios.

  2. La Asesoría Jurídica, en los términos que prevé el Decreto 57/2002, de 19 de febrero, de modificación del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

  3. El Gabinete Técnico.

Artículo 4

Dirección de Servicios

4.1 Corresponden a la Dirección de Servicios, bajo la dirección de la persona titular de la Secretaría General, las siguientes funciones:

  1. Administrar y gestionar los servicios generales del Departamento, y llevar a cabo la coordinación de dichos servicios en las entidades que de ella dependen.

  2. Adecuar al Departamento las...

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