DECRETO 127/1981, de 17 de Noviembre, por el que se crea la Mesa de Contratación en el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 127/1981, de 17 de Noviembre, por el que se crea la Mesa de Contratación en el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.

En el marco del vigente sistema legal de contratación, y hasta tanto sean objeto de aprobación por las instituciones competentes, las correspondientes disposiciones en la referida materia, se considera conveniente hacer uso con mesurado alcance de la facultad recogida en la disposición final primera del Decreto 92/1981, de 30 de Julio en relación con la disposición adicional del mismo que posibilita la creación de mesas de contratación específicas para cada Departamento.

Todo ello en aras de una mayor agilidad en la tramitación y resolución de los expedientes logrando la celeridad y eficacia necesaria en la gestión administrativa que posibiliten la consecución real y efectiva de los objetivos que en su política de inversiones han sido definidos por el Gobierno Vasco, teniendo en cuenta tanto el volumen de contratación del Departamento de Política Territorial y

Obras Públicas como las especiales características técnicas que en la misma concurren.

En su virtud, previo informe de la Comisión Central de Contratación en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional del

Decreto 92/1981 de 30 de Julio y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno conforme a lo establecido en el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de Julio de 1958 y previa deliberación y aprobación del Gobierno, en su reunión del día 17 de

Noviembre de 1981 a propuesta de los Consejeros de Política

Territorial y Obras Públicas y Economía y Hacienda.

DISPONGO

Artículo primero Se crea la Mesa de Contratación del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.
Artículo segundo La composición de la Mesa de Contratación será la siguiente: 1

Un Presidente designado por el Consejero de Política Territorial y.

Obras Públicas.

Z. Dos vocales con categoría de Director nombrados por el Consejero de Política Territorial y Obras Públicas. 3. Un Letrado del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas. 4. Un representante de la Dirección de Intervención...

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