Decreto de creación del Instituto Balear de Salud Laboral (Decreto 107/2010, de 1 de octubre)

Publicado enBOIB
Ámbito TerritorialNormativa de Baleares
RangoDecreto

Decreto 107/2010, de 1 de octubre, de creación del Instituto Balear de Salud Laboral Mejorar el nivel de seguridad en las empresas y reducir la siniestralidad laboral son objetivos que se encuadran en el Plan de Seguridad, Salud y Ambiente Laboral de las Illes Balears, firmado en fecha 13 de julio de 2009 por el Gobierno las Illes Balears y los representantes de CAEB, PIMEB, UGT y CCOO y que, a su vez constituye uno de los ejes de la política laboral del Plan de Gobierno.

Estos objetivos se deben lograr mediante el fomento de la formación profesional y la mejora de la salud y de la seguridad en el trabajo, con la aportación de los medios humanos y materiales que fomenten entre la ciudadanía en general la cultura de la prevención, con la colaboración de todos los estamentos con competencias en estas materias.

A fin de coordinar las competencias públicas en materia de seguridad y salud laboral de las consejerías de Turismo y Trabajo y de Salud y Consumo, y de acuerdo con lo previsto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, así como la normativa que las desarrolla, se considera necesaria la creación de una unidad administrativa de nivel técnico, que pueda coordinar las acciones y planes que el Gobierno de las Illes Balears determine llevar a cabo, con la participación de los distintos agentes sociales.

El Instituto Balear de Salud Laboral se constituye como servicio dependiente de la Dirección General de Salud Laboral, sometido a las directrices de un consejo rector al frente del cual se encuentra la Consejera de Turismo y Trabajo, y con la intervención del Consejo de Salud Laboral de las Illes Balears como órgano de participación y asesoramiento, el cual se configura como un instrumento que debe realizar, promover y difundir los trabajos oportunos sobre estas materias, así como implicar a las diferentes consejerías, y en especial, a la competente en materia de salud, en las líneas de actuación que se acuerden.

Este Decreto se dicta en ejercicio de las competencias exclusivas de esta Comunidad Autónoma sobre procedimiento administrativo derivado de las...

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