DECRETO FORAL 29/2017, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, y el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, regulan el procedimiento para la provisión de jefaturas de sección, negociado y unidades asimiladas en las Administraciones Públicas de Navarra. En el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos esta regulación se completa con la Orden Foral 130/1998, de 12 de agosto, del Consejero de Presidencia e Interior, por la que se establecen los baremos de méritos aplicables en las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo.

En aplicación del Acuerdo suscrito entre la Administración y los sindicatos CCOO, UGT y CEMSATSE el 15 de abril de 2002, de condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para los años 2002 y 2003, mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 16 de septiembre de 2002 se aprobó el Plan de Actuación para la provisión de las jefaturas de Sección y de Negociado en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, si bien su aplicación no ha dado resultados satisfactorios en muchos casos.

En el Acuerdo Programático suscrito por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e Izquierda/Ezkerra se incluyeron varios apartados relativos a esta materia, referidos tanto a la implantación de una auténtica carrera administrativa basada en el mérito, capacidad, experiencia y desempeño, como a la asignación de las responsabilidades directivas con base en el mérito y la capacidad y su sometimiento a la evaluación periódica del desempeño, previo informe del INAP e intervención de dicho Servicio en la evaluación de la idoneidad de los candidatos. También se contempla la participación del funcionariado en el desempeño de la función pública y la participación efectiva del personal adscrito a cada unidad en la fijación de objetivos y programas en su respectivo ámbito.

La Comisión de Desarrollo y Seguimiento del Acuerdo Programático para la legislatura 2015-2019 con fecha 15 de octubre de 2015 adoptó el acuerdo de dirigirse al Gobierno de Navarra para que a partir de esa fecha se procediera a la provisión de las Jefaturas de Sección y de Negociado en la Administración de la Comunidad Foral por concurso de méritos, atendiendo a los principios de igualdad, mérito y capacidad.

El Gobierno de Navarra ha adoptado sendos Acuerdos, de fechas 17 de noviembre de 2015 y 16 de marzo de 2016, por los que se toma en consideración el citado Acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Programático, si bien se pospone la negociación con los representantes de los trabajadores de un nuevo plan de actuación para la provisión de jefaturas hasta que se realice la modificación de la normativa reguladora de la provisión por concurso de méritos de las jefaturas de sección y de negociado. El día 17 de marzo siguiente se inició el proceso de modificación normativa con la participación de representantes de los trabajadores y de los Departamentos, otorgando un plazo para la presentación de sugerencias hasta el día 8 de abril.

Recibidas las aportaciones, fueron objeto de análisis en el grupo de trabajo para la reforma del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra creado por Orden Foral 59/2016, de 10 de marzo. El asunto fue tratado ya en Mesa de Negociación del Personal Funcionario y Estatutario al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos en reunión celebrada el día 17 de junio de 2016, y en reuniones de la citada Mesa y de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario y Estatutario de las Administraciones Públicas de Navarra celebradas el día 5 de octubre de 2016 con traslado del documento base propuesta de la Administración a las organizaciones sindicales, al efecto de presentación de sus propuestas hasta el día 14 de octubre siguiente.

La regulación contenida en el presente decreto foral incorpora en el procedimiento de provisión de Jefaturas los principios contemplados en el Acuerdo Programático, tales como la valoración del mérito, capacidad, experiencia y desempeño para la asignación de responsabilidades directivas. En este sentido, se sustituye la presentación de una memoria-trabajo por parte de los aspirantes por la presentación y exposición pública de un plan de la actuación a desarrollar en la unidad, con una valoración de hasta 48 puntos; se mantiene la valoración de los servicios prestados a las Administraciones Públicas, si bien se les asigna una puntuación máxima de 16 puntos; se introduce dentro del apartado del baremo sobre formación y docencia, con un máximo de 26 puntos, la valoración de formación especializada relacionada con el trabajo que desempeña la unidad, la formación para el desempeño de jefaturas y la docencia impartida en el ámbito del sector público, además de la puntuación a añadir por conocimiento de idiomas, de acuerdo con la normativa...

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