Decreto de estructura orgánica básica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias. (Decreto 39/2009, de 3 de junio)

Publicado enBOPA
Ámbito TerritorialNormativa de Asturias
RangoDecreto

Por medio del Decreto 145/2005, de 29 de diciembre, de estructura orgánica básica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, se reguló la organización general del citado organismo autónomo, dividiéndose su estructura en cuatro unidades administrativas con nivel orgánico de servicio.

El Decreto 37/2009, de 27 de mayo, por el que se modifica el Decreto 103/2007, de 25 de julio, de estructura orgánica básica de la Consejería de Industria y Empleo, en su Disposición adicional única encomienda al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias el ejercicio de las funciones en materia de formación profesional para el empleo.

La encomienda efectuada exige la modificación de la estructura administrativa del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias con el fin de adaptarla a las nuevas necesidades de gestión.

El artículo 9 de la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo, establece que para el cumplimiento de sus funciones se estructurará en las unidades administrativas que se establezcan reglamentariamente.

El Consejo Rector del organismo autónomo en ejercicio de las funciones que le corresponden, de conformidad con el artículo 10 de la Ley, ha formulado la propuesta de estructura administrativa que supone una modificación de adición pues añade tres unidades administrativas a la estructura existente, por lo que, con la finalidad de disponer de un solo texto regulador de la estructura orgánica, se ha optado por redactar un nuevo Decreto que sustituye al anterior.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria y Empleo, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, adoptado en su reunión de 3 de junio de 2009, dispongo

ARTÍCULO 1 Organización general del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

El Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, para el desarrollo de sus funciones y bajo la inmediata dependencia de la persona titular de la Dirección Gerencia, se estructura en las siguientes unidades con nivel orgánico de servicio:

  1. Servicio de Régimen Presupuestario y Personal.

  2. Servicio de Contratación y Régimen Jurídico.

  3. Servicio de Intermediación Laboral.

  4. Servicio de Programas de Empleo.

  5. Servicio de Comunicación y Observatorio de las Ocupaciones.

  6. Servicio de Programación y Seguimiento de la Formación.

  7. Servicio de Gestión de la Formación.

  8. Servicio de Gestión de Centros Propios y Programas de Empleo-Formación.

  9. Servicio de Programas Europeos.

  10. Servicio de Centro de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo.

ARTÍCULO 2 Servicio de Régimen Presupuestario y Personal.

Corresponden al Servicio de Régimen Presupuestario y Personal las siguientes funciones:

  1. La elaboración del anteproyecto de presupuesto del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

  2. Seguimiento y dirección de los aspectos económicos-financieros del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

  3. El control, seguimiento, tramitación y evaluación de la ejecución presupuestaria, así como la tramitación de las modificaciones presupuestarias necesarias para la gestión del organismo.

  4. El análisis de la ejecución presupuestaria de los centros de gasto y coordinación del control de gestión.

  5. El seguimiento económico-presupuestario de la ejecución de los proyectos de inversión que corresponda desarrollar al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

  6. La tramitación y seguimiento desde el punto de vista económico-presupuestario de los expedientes de concesión de subvenciones, de conciertos, contratos y convenios suscritos por el organismo.

  7. La coordinación en la justificación de los fondos que integran la financiación del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

  8. La ordenación, gestión, administración y control ordinario del personal adscrito al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias y la tramitación de cualesquiera expedientes derivados de la gestión del personal.

ARTÍCULO 2 BIS Servicio de Contratación y Régimen Jurídico

Corresponden al Servicio de Contratación y Régimen Jurídico las siguientes funciones:

  1. La tramitación y seguimiento de los expedientes de contratación administrativa.

  2. El impulso y desarrollo de herramientas de gestión en el área de contratación e impulso de los procedimientos administrativos necesarios en materia de contratación para mejorar la eficiencia.

  3. La ordenación del patrimonio y el...

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