DECRETO 91/2016, de 15 de julio, del Consell, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Decoradores de la Comunidad Valenciana por la de Colegio Oficial de Decoradores y Diseñadores de Interior de la Comunitat Valenciana.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La Constitución Española, en el artículo 149.1.18, reserva al Estado la competencia sobre las bases del régimen jurídico de las administraciones públicas y, en el artículo 36, prevé que la ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los colegios profesionales. La legislación básica en esta materia, dictada por el Estado, se encuentra recogida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.

Por su parte, l'Estatut d' Autonomia de la Comunitat Valenciana, en su artículo 49.1.22ª, confiere a la Generalitat competencia exclusiva en materia de colegios profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución.

En ejercicio de estas competencias se promulgó la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, cuyo artículo 9.2 dispone que el cambio de denominación de un colegio requerirá el acuerdo previo de este y el informe del Consejo Valenciano de Colegios correspondiente, y deberá ser aprobado mediante decreto del Consell.

El Colegio Oficial de Decoradores de la Comunidad Valenciana se encuentra inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, con el número 74 de la Sección Primera, mediante resolución de la Dirección General de Interior de fecha 6 de abril de 1989.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, previa la tramitación prevista en el artículo 19 del Reglamento de desarrollo de la citada ley, aprobado por el Decreto 4/2002, de 8 de enero, del Consell, a propuesta de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, según dispone el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 15 de julio de 2016,

DECRETO

Artículo 1 Cambio de denominación

Aprobar el cambio de la denominación del actual Colegio Oficial de Decoradores de la Comunidad Valenciana por la de Colegio Oficial de Decoradores y Diseñadores de Interior de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2 Inscripció...

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