Decreto 90/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Decreto 19/2019, de 26 de marzo, por el que se promueven medidas para evitar el desperdicio alimentario y se facilita la redistribución de alimentos en Castilla-La Mancha.

Fecha de publicación08 Agosto 2022
Fecha01 Agosto 2022
Número de registro2022/7310
Número de Gaceta151/2022
EmisorConsejo de Gobierno
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Desarrollo Sostenible
Decreto 90/2022, de 1 de agosto, por el que se modica el Decreto 19/2019, de 26 de marzo, por el que se
promueven medidas para evitar el desperdicio alimentario y se facilita la redistribución de alimentos en Castilla-
La Mancha. [2022/7310]
El Decreto 19/2019, de 26 de marzo, establecía el marco de actuación del Gobierno Regional para la prevención del
desperdicio alimentario y el aprovechamiento de los excedentes alimentarios.
En su artículo 23 se contemplaba la creación de un Foro Regional de reducción del desperdicio de alimentos, como
órgano colegiado consultivo y asesor de la Comunidad Autónoma, para la implantación de la prevención del desperdicio
alimentario y la adopción de medidas de fomento para la redistribución de alimentos.
Una vez constituido dicho Foro, durante su primera reunión se acordó establecer un plazo para la revisión del citado
Decreto 19/2019, así como su actualización con arreglo a la vigente estructura orgánica de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha.
Por otra parte, con posterioridad a la publicación del Decreto 19/2019 se aprobó la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del
Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla- La Mancha, en cuyo artículo 5.3 se establece como un nuevo
derecho de las personas consumidoras el derecho a la soberanía alimentaria, vinculada al consumo de productos
locales y de estación distribuidos en circuitos cortos de comercialización y a un consumo responsable basado en la
prevención del desperdicio alimentario y de recursos básicos.
El decreto consta de una parte introductoria, un artículo único con veinte puntos donde se recogen las modicaciones
introducidas en el decreto de referencia.
Además, se incluye una disposición nal única sobre la entrada en vigor.
En la elaboración de este decreto se han respetado los principios de buena regulación establecidos en el artículo
129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y justicado las razones imperiosas de interés general que han motivado la regulación, identicándose de forma clara
los nes perseguidos y las razones por las que se ha considerado que esta iniciativa normativa es el instrumento más
adecuado para garantizar su consecución.
Asimismo, se han respetado los principios de proporcionalidad y eciencia, ya que no existen otras medidas menos
restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a los destinatarios, no suponiendo la imposición de ninguna
carga administrativa innecesaria o accesoria para éstos. También se ha tenido en cuenta el principio de seguridad
jurídica, con el objetivo de lograr un texto claro, integrado con el resto de las normas que conforman el ámbito del
derecho de consumo, así como el principio de transparencia para posibilitar el acceso de los potenciales destinatarios a
los documentos propios de su proceso de elaboración, y su participación activa en dicho proceso.
Dicho lo anterior, se indica que se han realizado los trámites concernientes a la consulta pública, proceso participativo
y de información pública, así como la consulta a los intereses sociales e institucionales afectados, contando con los
informes del Consejo Regional de Municipios, informe del Consejo Regional de Consumo, informe del Consejo Escolar,
informe del Consejo Asesor de Medio Ambiente, así como informe del Consejo de Diálogo Social.
Por todo ello, en virtud de las atribuciones que conere la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo
Consultivo de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Desarrollo Sostenible, previa deliberación del Consejo
de Gobierno en su reunión del día 1 de agosto de 2022.
Dispongo:
Artículo Único
Modicación del Decreto 19/2019, de 26 de marzo, por el que se promueven medidas para evitar el desperdicio
alimentario y se facilita la redistribución de alimentos en Castilla-La Mancha.
AÑO XLI Núm. 151 8 de agosto de 2022 28825

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR