Decreto 124/2005, de 9 de diciembre, por el que se modifica la ordenación sanitaria territorial.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Salud y Consumo
Rango de LeyDecreto

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, dispone en el artículo 51.2 que la ordenación territorial de los Servicios de Salud será competencia de las comunidades autónomas y se basará en un concepto integral de atención a la salud.

Para cumplir con lo dispuesto por la mencionada Ley se aprobó el Decreto 34/1987, de 21 de mayo, de ordenación sanitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Este Decreto aprobaba la creación de las zonas básicas de salud, los sectores sanitarios, y las áreas de salud, y creaba la Comisión de Ordenación Sanitaria Territorial, como órgano colegiado con funciones de propuesta y consulta, así como de participación de las diferentes administraciones públicas implicadas en la delimitación de la estructura sanitaria territorial.

Dado que la ordenación sanitaria territorial establecida en este Decreto era provisional, posteriormente mediante el Decreto 122/1987, de 30 de diciembre, se aprobó con carácter definitivo con una serie de modificaciones que afectaban a algunas zonas básicas de salud.

La primera modificación provisional de la delimitación territorial de la ordenación sanitaria fue en el año 1992, mediante el Decreto 42/1992, de 8 de julio, cuya aprobación definitiva se produjo por el Decreto 80/1992, de 5 de noviembre, que a su vez hacía una corrección de errores.

La Ley 4/1992, de 15 de julio, de creación del Servicio Balear de Salud, derogó el Decreto 34/1987 y el Decreto 122/1987, exceptuando aquello que hacía referencia a la delimitación territorial. Por tanto, quedaban subsistentes las demarcaciones de las zonas básicas de salud, los sectores sanitarios y las áreas de salud de las Illes Balears.

La segunda modificación de la delimitación territorial de la ordenación sanitaria se produjo mediante el Decreto 31/2001, de 23 de febrero. La modificación afectaba a algunas zonas básicas de salud y a la integración de algunas zonas básicas de salud en los sectores sanitarios.

El Decreto 122/2002, de 4 de octubre, aprobaba la tercera modificación de la delimitación territorial de la ordenación sanitaria. La modificación vuelve a afectar a las zonas básicas de salud y a la integración de algunas zonas en los sectores sanitarios. En este Decreto se aprueba un primer anexo con las modificaciones y un segundo anexo que aprueba un texto consolidado de las zonas básicas de salud de la Isla de Mallorca.

La Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears, regula la 'Ordenación territorial sanitaria' en el título VI...

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