DECRETO 9/2024, de 22 de enero, por el que se aprueba la modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura
Rango de LeyDecreto

La Universidad Internacional de Canarias es reconocida como universidad privada por Ley 5/2015, de 26 de marzo (BOC n.º 62, de 31 de marzo). Dicha Ley se modifica por la Ley 2/2017, de 24 de marzo, respecto al plazo para solicitar la autorización para el inicio de actividades y se cambia su denominación por “Universidad del Atlántico Medio”, con sede en Las Palmas de Gran Canaria (BOC n.º 63, de 30 de marzo). El artículo 1.3 de la citada Ley 5/2015 establece que la Fundación Canaria Universitaria Internacional de Canarias asumirá las responsabilidades que le corresponden como titular de la universidad.

A tenor del artículo 95.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en lo sucesivo, LOSU), “Las universidades privadas tendrán personalidad jurídica propia en cualquiera de las formas legalmente existentes, pudiendo ser entidades con ánimo de lucro o de carácter social, incluidas las sociedades cooperativas. Su objeto social exclusivo será la educación superior y la investigación y, en su caso, la transferencia e intercambio del conocimiento. Deberán realizar todas las funciones a las que se refiere el artículo 2.2”.

De acuerdo con el artículo 95.3 de la LOSU, “Asimismo, estas universidades, a las que también serán de aplicación las normas correspondientes a la clase de personalidad jurídica adoptada, se regirán por la ley de su reconocimiento, por las normas que dicten el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias y por sus propias normas de organización y funcionamiento.

Las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas serán elaboradas por ellas mismas, con sujeción a los principios constitucionales y con garantía efectiva del principio de libertad de cátedra en los términos del artículo 3.3. Dichas normas deberán ser aprobadas por la Comunidad Autónoma a efectos de su control de legalidad”.

El artículo 134.2.c) del Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, atribuye a la Comunidad Autónoma de Canarias la aprobación de las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas.

El artículo 10.2 del Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios y acreditación institucional de centros universitarios, establece que: “Las universidades privadas, por su parte, deberán contar con unas Normas de Organización y Funcionamiento por las cuales se regirán el conjunto de actividades académicas y de gestión y las relaciones en la comunidad universitaria, y que deberán ser aprobadas por sus órganos de gobierno”.

Por su parte, el artículo 10.3 del citado Real Decreto 640/2021 preceptúa que: “Los Estatutos y las Normas de Organización y Funcionamiento deberán elaborarse partiendo de los principios constitucionales democráticos, y, por ello, garantizar, de forma efectiva, el pleno ejercicio del principio de libertad académica por parte de la comunidad universitaria que se manifiesta en las libertades de cátedra, de investigación y de estudio. De igual modo, deberán establecer los principios de convivencia en el seno de la comunidad universitaria”.

Por Orden de 11 de mayo de 2020, de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se autoriza, con carácter definitivo, el inicio de actividades de la Universidad del Atlántico Medio y se establece su ubicación definitiva (BOC n.º 99, de 21 de mayo).

El Decreto 74/2021, de 8 de julio, aprueba las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio (BOC n.º 148, de 20 de julio).

Por Resolución n.º 439/2022, de 9 de marzo, de la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana, se inscribe en el Registro de Fundaciones Canarias la modificación de los estatutos de la Fundación Canaria Universitaria Internacional de Canarias, que pasa a denominarse Fundación Canaria Universitaria del Atlántico Medio.

Por Resolución n.º 477/2022, de 15 de marzo, de la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana, se certifica el acuerdo de fecha 16 de febrero de 2022 de la Comisión Ejecutiva del Protectorado de Fundaciones Canarias por el que se autoriza, a los efectos del artículo 27 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, la constitución de una sociedad limitada, participada al 100% por la Fundación Canaria Universitaria Internacional de Canarias, ahora denominada Fundación Canaria Universitaria del Atlántico Medio.

Con fecha 25 marzo de 2022, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Atlántico Medio University, S.L.U.”, ante el notario de Las Palmas de Gran Canaria D. Pedro Javier Viñuela Sandoval, con el n.º 431 de su protocolo, inscrita con fecha 19 de mayo de 2022 en el Registro Mercantil de Las Palmas, tomo 2293, libro 0, folio 116, sección 8, hoja GC 59678 y con domicilio social en la carretera de Quilmes, 37, Tafira Baja, código postal 35017, Las Palmas de Gran Canaria. Esta sociedad se constituye con la Fundación Canaria Universitaria del Atlántico Medio como socio único.

Con fecha 18 de abril de 2022, el Patronato de la Fundación Canaria Universitaria del Atlántico Medio acuerda la transmisión, a título gratuito, de las operaciones de la Universidad y la licencia administrativa de la que es titular la Fundación Atlántico Medio University, S.L. a la entidad “Atlántico Medio University, S.L.U.”.

Con fecha 26 de julio de 2022, el Patronato de la Fundación Canaria Universitaria del Atlántico Medio aprueba por unanimidad la modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio.

Con fecha 31 de marzo de 2023, D. Marcos Antonio Cabrera Ortiz, miembro del Consejo de Administración de “Atlántico Medio University, S.L.U.”-Universidad del Atlántico Medio, actuando en nombre y representación de esa Universidad, expone que como consecuencia de la transmisión por parte de la Fundación Canaria Universitaria del Atlántico Medio de la licencia administrativa y las consiguientes operaciones de la Universidad del Atlántico Medio a “Atlántico Medio University, S.L.U.”, la Universidad ha modificado sus Normas de Organización y Funcionamiento para adaptarlas a su nueva situación jurídica, por lo que solicita su aprobación por parte del Gobierno de Canarias.

Con fecha 27 de junio de 2023, la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias emite informe sobre el borrador de la modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio, conteniendo diversas observaciones de carácter procedimental y reparos de legalidad.

Con fecha 3 de julio de 2023, el Patronato de la Fundación Canaria Universitaria del Atlántico Medio y el Consejo de Administración de “Atlántico Medio University, S.L.U.” aprueban e incorporan en el texto de las Normas de Organización y Funcionamiento las modificaciones necesarias para subsanar los mencionados reparos de legalidad.

Mediante Resolución n.º 133/2023, de 29 de septiembre, de la Directora General de Ordenación, Innovación y de la Calidad Universitaria, se acuerda dar conformidad a la transmisión de la titularidad de la Universidad del Atlántico Medio por parte de la Fundación Atlántico Medio University, S.L. a la entidad “Atlántico Medio University, S.L.U.”.

Con fecha 23 de octubre de 2023, la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias emite informe favorable sobre el nuevo borrador de la modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio.

Con fecha 9 de noviembre de 2023, la Jefa de Servicio de Coordinación Universitaria emite informe favorable sobre la modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio.

Con fecha 9 de noviembre de 2023, la Directora General de Ordenación, Innovación y de la Calidad Universitaria propone aprobar la modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio.

En su virtud, habiéndose realizado el preceptivo control de legalidad previsto en el artículo 95.3, párrafo segundo in fine, de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, a propuesta de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 22 de enero de 2024,

DISPONGO:

Articulo único Aprobar la modificación de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio, que figura como anexo al presente Decreto.
Disposición derogatoria única.- Derogación normativa.

Queda derogado el Decreto 74/2021, de 8 de julio, por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio.

Disposición final única.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Canarias, a 22 de enero de 2024.

EL...

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