Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 50

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

DECRETO 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos. (2021040092)

El Programa de Crecimiento e Inserción Sociolaboral (CRISOL) promovido por la Junta de Extremadura, a través de las Consejerías de Sanidad y Servicios Sociales y Educación y Empleo, es ejecutado, a través de programas específicos de intervención, por las Entidades Públicas Locales de las siete ciudades con población superior a los 20.000 habitantes (Badajoz, Cáceres, Mérida, Plasencia, Don Benito, Almendralejo y Villanueva de la Serena).

Los programas específicos de intervención se centran en la detección de personas en situación de riesgo y/o exclusión social en las zonas señaladas, el diseño y desarrollo de itinerarios integrados y personalizados de inserción social y laboral, así como el acompañamiento y seguimiento de cada uno de ellos durante todo el desarrollo del programa, que se ejecuta a través de las entidades locales mediante subvenciones directas por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

Dentro de los itinerarios integrados y personalizados de inserción social y laboral se derivarán a personas participantes para el desarrollo de proyectos del Programa Crisol-Formación.

Del apartado 3 del artículo 36 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, resulta que las Comunidades Autónomas están habilitadas para el diseño y ejecución de nuevos programas y servicios de políticas activas de empleo adaptadas a las peculiaridades y características de sus mercados de trabajo locales e integrarse en alguno de los Ejes establecidos en el artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo.

Las subvenciones del Programa Crisol-Formación se regularon en el Decreto 153/2018, de 18 de septiembre y en la Orden de 26 de septiembre de 2019, como una actuación integrada en el Programa CRISOL, para cualificar o recualificar a las personas en situación o riesgo de exclusión social de las zonas urbanas desfavorecidas, ofreciéndoles una oportunidad para adquirir nuevas habilidades y competencias que les permitan recuperar hábitos laborales y destrezas profesionales, su concienciación para la mejora de su zona y la motivación para transformar su situación sociolaboral.

La Estrategia de Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025 pretende prevenir de la exclusión del mercado de trabajo ofreciendo oportunidades equitativas a todos los colectivos y grupos que lo conforman.

En coherencia con la Estrategia de Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025, el Plan de Empleo de Extremadura 2020-2021 plantea entre sus objetivos: conseguir una población activa cualificada que responda a las necesidades del mercado laboral y promover el aprendizaje permanente, así como la productividad y la capacidad de inserción profesional, facilitando conocimientos y competencias adecuadas para responder a la demanda actual y futura del mercado de trabajo, promover la inclusión social, concentrándose los esfuerzos en garantizar la igualdad de oportunidades, mejorando la lucha contra las debilidades estructurales, impulsar la igualdad en el acceso al empleo, de cualquier grupo vulnerable y paliar los efectos ocasionados en el mercado laboral por la pandemia del Covid 19 en los grupos de población más vulnerables.

Para el cumplimiento de estos objetivos, en el Plan de Empleo de Extremadura 2020-2021 se recoge en el eje 6 "Igualdad de Oportunidades" que "en cuanto a las personas en riesgo de exclusión social se seguirá desarrollando una formación en alternancia contra la exclusión social con el fin de favorecer la integración socio laboral de las personas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social y sean participantes de los itinerarios integrados y personalizados de inserción social y laboral del Programa Crisol, a través de un proceso que alterna la formación y experiencia profesional adaptada y la adquisición de competencias básicas y genéricas que favorezcan su inserción socio laboral."

En el Plan de Empleo se ha acordado, que en todas las políticas activas de empleo se mejoren las condiciones que incentiven la contratación de las personas participantes, por ello, la experiencia de la etapa de prácticas no labores en empresas de los proyectos del Programa Crisol-Formación se sustituye por una oportunidad de empleo de cuatro meses en empresas privadas.

Por el presente decreto se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para financiar el nuevo Programa Crisol-Formación, en las que se introducen importantes novedades como son su división en dos líneas de subvenciones, una para las entidades promotoras de los proyectos y otra para las empresas privadas que contraten a sus participantes, al objeto de mejorar la cualificación profesional y la incorporación al mercado de trabajo de las personas participantes en situación o en riesgo de exclusión como parte de su itinerario de inserción sociolaboral.

Además, derivado de la experiencia en la gestión de estos programas y para reforzar el objetivo de alinear esfuerzos y facilitar la coordinación de los diferentes recursos de los equipos de intervención del Programa Crisol, de las entidades promotoras del Programa Crisol-Forma-

ción, de las empresas colaboradoras y de las Consejerías de Sanidad y Servicios Sociales y Educación y Empleo, se prevén nuevos instrumentos como la constitución de grupos técnicos o elaboración de guías para la selección, acompañamiento y evaluación de las personas participantes.

También por el tiempo transcurrido desde el inicio del Programa se actualizan los importes de los módulos de las subvenciones a las entidades promotoras de los proyectos para adecuarlos a las subvenciones previstas para otros programas públicos de empleo-formación.

La tramitación de las presentes bases reguladoras se ha realizado conforme al Capítulo VII "Medidas de agilización de las subvenciones financiables con fondos europeos "del Decretoley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 h) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 30 de junio de 2021,

DISPONGO:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 10
Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. El presente decreto tiene como objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones del Programa Crisol-Formación, que consiste en el desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación y formación en alternancia con el empleo para su inserción sociolaboral en las zonas desfavorecidas de los municipios de actuación del Programa Crisol y de una experiencia profesional en empresas privadas de las personas participantes cualificadas, así como aprobar la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectos de la Línea I.

  2. El referido programa persigue favorecer la integración sociolaboral de las personas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social y sean participantes de los itinerarios integrados y personalizados de inserción social y laboral del Programa Crisol, a través de un proceso que alterna la formación y experiencia profesional y la adquisición de competencias básicas y genéricas que favorezcan su inserción sociolaboral, en el ámbito de los programas públicos de formación y empleo y de las oportunidades de empleo, contemplados en las letra b) y c) del artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

    Igualmente, el Programa tiene como objetivos sensibilizar al tejido empresarial y desestigmatizar al colectivo objeto de actuación, abriendo cauces de colaboración, romper su dependencia institucional y mejorar el aspecto físico y relacional de las zonas desfavorecidas.

  3. Con esa finalidad se establecen dos líneas de subvenciones:

    1. Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos del Programa CrisolFormación.

    2. Línea II. Subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Crisol-Formación que hayan obtenido evaluación positiva en la primera etapa.

Artículo 2 Entidades beneficiarias y requisitos.
  1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en el presente decreto, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en el mismo:

    - Línea I: las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que tengan entres sus fines la promoción de empleo o la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, disponibilidad para la ejecución de las obras o servicios a ejecutar en el ámbito territorial de la localidad del proyecto y presenten memoria-proyecto que se considere técnicamente viable por el Servicio Extremeño Público de Empleo conforme al artículo 19 del presente decreto.

    Las entidades beneficiarias deberán estar...

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