DECRETO 6/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha determinado las consejerías en que se organiza la Administración de la Comunidad, así como su denominación y competencias.

El artículo 2 del decreto, relativo a la distribución de competencias, atribuye a la Consejería de la Presidencia las competencias que tenía atribuidas hasta el momento, más las que hasta ahora correspondían a la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, salvo aquellas asignadas al Vicepresidente de la Junta de Castilla y León y las que los apartados siguientes del decreto atribuyen a otras consejerías.

El artículo 1 del Decreto 3 /2022, de 27 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, ha creado la Viceconsejería de Relaciones Institucionales y Administración Local y la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano adscritas a la Consejería de la Presidencia.

El Decreto 2/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, ha atribuido determinadas funciones al Vicepresidente de la Junta de Castilla y León, lo que hace necesario establecer los órganos directivos que desarrollarán tales competencias bajo su dependencia funcional.

El presente decreto establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia de forma acorde con las disposiciones anteriores, estableciendo también, por razones de simplificación normativa y de seguridad jurídica, aquellos órganos directivos que dependiendo funcionalmente del Presidente de la Junta de Castilla y León y de su Vicepresidente, dependen orgánicamente de la Consejería de la Presidencia.

Conforme a lo establecido en los artículos 16.k) y 45.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la aprobación de la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y la creación, modificación o supresión de Secretarías Generales y de Direcciones Generales se llevará a cabo por Decreto de la Junta de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 5 de mayo de 2022

DISPONE

Artículo 1 Ámbito competencial.

Compete a la Consejería de la Presidencia:

  1. La asistencia directa al Presidente de la Junta de Castilla y León.

    Viernes, 6 de mayo de 2022

  2. La organización y seguimiento de las actividades protocolarias relativas a la Presidencia de la Junta de Castilla y León.

  3. La organización de los órganos colegiados de gobierno, así como la preparación de las reuniones de la Junta de Castilla y León y la asistencia al Secretario de la Junta de Castilla y León.

  4. La asistencia al Portavoz de la Junta de Castilla y León.

  5. La dirección y gestión del Boletín Oficial de Castilla y León y la coordinación de las publicaciones de la Administración de la Comunidad en el Boletín Oficial del Estado.

  6. La inspección de los servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  7. La dirección política y coordinación de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, así como la propuesta de nombramiento de sus titulares.

  8. La dirección de los Servicios Jurídicos.

  9. Las competencias que correspondan a la Comunidad de Castilla y León en materia de administración de justicia.

  10. La coordinación de la publicidad institucional de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y la realización de acciones de publicidad de promoción de la Comunidad y de difusión de informaciones útiles para los ciudadanos.

  11. La política de comunicación de la Junta de Castilla y León y las relaciones con

    los medios de comunicación.

  12. La promoción e identidad institucional de la Comunidad.

  13. La dirección y coordinación de los contenidos de los portales web de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  14. El impulso y coordinación de las actuaciones a través de los perfiles de las redes sociales de la Junta de Castilla y León, así como de la Administración de la Comunidad y de sus entes adscritos.

    ñ) El impulso y seguimiento del programa de gobierno, la realización de informes y estudios y la recopilación de la información generada por los distintos órganos de la Administración de la Comunidad.

  15. Las relaciones de la Junta de Castilla y León con las Cortes de Castilla y León.

  16. El ejercicio de las facultades que corresponden a la Comunidad en materia de juegos y apuestas.

  17. El ejercicio de las facultades que corresponden a la Comunidad en materia de memoria democrática.

  18. La organización de procesos electorales autonómicos.

  19. La promoción y ejecución de las políticas en materia de Administración Local.

  20. La dirección de la política en materia de cooperación económica local, así como la gestión de la financiación de las entidades locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León y las ayudas de la cooperación local de carácter general.

  21. La organización y demarcación territorial de las entidades locales, así como el Registro de Entidades Locales y la declaración de urgencia de las expropiaciones tramitadas por las entidades locales.

  22. Las relaciones de la Junta de Castilla y León con la Administración General del Estado y con otras Comunidades Autónomas e Instituciones.

  23. La coordinación, planificación y el desarrollo de la política de acción exterior.

  24. La coordinación de la participación de la Comunidad en asuntos relacionados con la Unión Europea.

  25. La planificación, dirección y coordinación de la política de cooperación para el desarrollo.

  26. La coordinación e impulso de las políticas de la Comunidad en materia de atención a los castellanos y leoneses de origen que residen fuera de la Comunidad y a sus comunidades.

    aa) La política en materia de función pública, así como impulsar, coordinar, y en su caso, establecer los planes, medidas y actividades tendentes a mejorar la formación y promoción del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    bb) La planificación de los recursos humanos y la emisión de informe sobre la racionalización de las estructuras organizativas de la Administración de la Comunidad.

    cc) La coordinación y el diseño de actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

    dd) El impulso y coordinación de las actuaciones en materia de transparencia, y participación a través del gobierno abierto.

    ee) El diseño y la coordinación de medidas de calidad normativa.

    ff) La información y atención al ciudadano.

    gg) El diseño y la ejecución de programas y proyectos para el desarrollo y evaluación de la calidad de los servicios, así como la evaluación de su funcionamiento.

    hh) La coordinación, el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas.

    ii) La dirección, definición e impulso de los planes, proyectos e iniciativas de transformación de la Administración Pública.

    jj) El establecimiento de criterios de racionalización organizativa en relación con la Administración General e Institucional y con la creación, alteración y supresión de entidades instrumentales.

    kk) La coordinación, el seguimiento corporativo del cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos, así como su desarrollo, en el ámbito de las competencias de la Administración Autonómica, todo ello en colaboración con la Consejería competente en materia de seguridad de la información.

    ll) Cualquier otra que se le atribuya, delegue o encomiende.

Artículo 2 Órganos directivos centrales.
  1. Bajo la dependencia funcional del Presidente de la Junta de Castilla y León y orgánica de la Consejería de la Presidencia, existirán los órganos directivos centrales siguientes:

    1. Gabinete del Presidente.

    2. Dirección de Comunicación.

    3. Dirección General de Análisis y Planificación.

  2. Bajo la dependencia funcional del Vicepresidente de la Junta de Castilla y León y orgánica de la Consejería de la Presidencia, existirán los órganos directivos centrales siguientes:

    1. Gabinete del Vicepresidente.

    2. Dirección de Coordinación e Interacción Social.

    3. Dirección General de Relaciones con la Sociedad Civil.

  3. Bajo la dependencia orgánica y funcional de la Consejería de la Presidencia existirán los órganos directivos centrales siguientes:

    1. Viceconsejería de Relaciones Institucionales y Administración Local.

    2. Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano.

    3. Secretaría General.

    4. Dirección de los Servicios Jurídicos.

    5. Dirección General de Relaciones Institucionales.

    6. Dirección de Administración Local.

    7. Dirección de Acción Exterior.

    8. Dirección General de la Función Pública.

    9. Dirección General...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR