Decreto 59/2020, de 29 de abril, por el que se crea y regula el comisionado del Plan Director de Ordenación de las Políticas de Empleo y Relaciones Laborales de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Rango de LeyDecreto

En virtud de lo establecido en el artículo 47.1.1.ª del Estatuto de Autonomía para Andalucía es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma regular el procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia de la Comunidad Autónoma, la estructura y regulación de los órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos autónomos. Asimismo, el artículo 63 del Estatuto de Autonomía establece como competencias ejecutivas de la Comunidad aquellas en materia de empleo, relaciones laborales y seguridad social.

El Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia, y sobre reestructuración de Consejerías, en su artículo 5, determina que corresponden a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo las competencias que tenía atribuidas la anterior Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, salvo las que correspondan a la nueva Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, así como las competencias atribuidas hasta ahora a la anterior Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad relativas a trabajo autónomo y economía social.

Por otra parte, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, determinando las competencias que corresponden a la misma.

El pasado 17 de diciembre de 2019 el Consejo de Gobierno tomó en consideración el Plan Director de Ordenación de las Políticas de Empleo y Relaciones Laborales de Andalucía, un documento estratégico de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo que tiene como objetivo ampliar y mejorar el diseño y la gestión de los servicios y políticas activas de empleo, con el fin de convertirlas en útiles y eficaces para la sociedad andaluza.

Este Plan Director de Ordenación asienta los pilares para el posterior desarrollo de actuaciones específicas en las diversas competencias atribuidas a la Consejería. Por este motivo, utiliza un planteamiento global en el que recoge a todas las personas desempleadas, trabajadoras y empresas y, sin tener voluntad de ser un documento de planificación detallado en el que se definan las acciones concretas a llevar a cabo, se concibe como un elemento imprescindible para fijar el marco en el que se puedan asentar los posteriores documentos de planificación estratégica construidos con carácter funcional y territorial, que se van a desarrollar en el ámbito de las competencias de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

El Plan Director de Ordenación se agrupa en tres grandes líneas maestras de actuación a desarrollar a partir del acceso a más y mejor información, que tratada y manejada adecuadamente se utilizará para diseñar y gestionar las políticas de empleo y relaciones laborales. La primera línea maestra de actuación está centrada en el fomento de un «Servicio Público de Empleo»; la segunda línea maestra de actuación se centra en las «Políticas Activas de Empleo»; y la tercera se dirige al impulso del «Marco de Relaciones Laborales y Salud de las personas trabajadoras».

El trabajo en estas tres líneas maestras de actuación se aplicará en tres planos de ordenación. El primero de ellos, el diseño de los servicios y las políticas de empleo y relaciones laborales, el cual debe propiciar la elaboración y puesta en...

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