DECRETO 47/2023, de 17 de julio, del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, atribuye en su artículo 13.i) al titular de la Presidencia la determinación del número, denominación, competencias y orden de precedencia de las consejerías.

Habiéndose determinado la reorganización que dote al Gobierno de los órganos necesarios que permitan ejecutar el programa expuesto por el Presidente ante el Parlamento de Canarias y por el que obtuvo la confianza de la Cámara mediante el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, procede realizar ajustes en las competencias de la Presidencia del Gobierno, atribuyéndole las relativas a las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, en general, en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de sus organismos y entidades públicas vinculadas o dependientes. Así mismo, la Vicepresidencia continúa con las competencias que tiene atribuidas.

La letra j) del artículo 13 de la referida Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, atribuye a la Presidencia la competencia para la aprobación del reglamento orgánico de la Presidencia, por lo que procede determinar la estructura orgánica de dicho departamento.

Por otra parte, se incluye una disposición adicional por la que se dispone que la Comisión Preparatoria de Asuntos del Gobierno seguirá rigiéndose por lo establecido en el Decreto 37/2012, de 3 de mayo, por el que se regula la Comisión Preparatoria de Asuntos del Gobierno, con determinadas modificaciones en su composición y apoyo administrativo, en ejercicio de la competencia que se atribuye a la Presidencia por la letra k) del artículo 13 de la misma Ley de la Presidencia y del Gobierno de Canarias.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1 Modificación del Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente.

Se modifica el contenido del artículo 2 del Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, que queda redactado en los términos siguientes:

Artículo 2. La Presidencia del Gobierno continúa con las competencias que legal y reglamentariamente tiene atribuidas, asumiendo las correspondientes a los Servicios Jurídicos del Gobierno, las relaciones con África y con el Consejo Económico y Social, así como las relativas a las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, en general, en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de sus organismos y entidades públicas vinculadas o...

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