DECRETO 39/2021, de 6 de octubre, del Lehendakari, por el que se declara la finalización en Euskadi de la situación de emergencia sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19 y se determinan medidas para la entrada en una nueva normalidad.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

El artículo 4 de la Ley 2/2021, de 24 de junio, de medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19, regula la declaración de la situación de emergencia sanitaria, en función de los indicadores epidemiológicos sobre contención de la referida pandemia, que a su vez han venido determinando los niveles de la alerta y que finalmente constituyen el presupuesto fáctico para el ámbito temporal de vigencia de las medidas de contención adoptadas por el Lehendakari y del propio sistema de protección específica que deriva de la Ley.

Los indicadores de evolución de la pandemia presentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como las previsiones conocidas de nuestro entorno, junto con la igualmente crucial situación del sistema sanitario de Euskadi, nos permiten dar por finalizada la hasta ahora fase de emergencia sanitaria y el planteamiento de entrada en una nueva normalidad, en la que diversas medidas nos permitan revisar y adecuar la organización pública más firmemente involucrada en la lucha contra la pandemia, incluyendo la desactivación del Plan de Protección Civil de Euskadi, Larrialdiei Aurregiteko Bidea – Labi, y todo ello sin perjuicio de una imprescindible adaptación de nuestras sensibilidades y recursos en una obvia fase de vigilancia sanitaria que atañe con carácter permanente y ordinario a nuestro departamento de Salud.

Por otra parte, resulta obligada la superación oficial de la fase de crisis para poder determinar que quedan sin efecto todas las medidas derivadas de la situación de emergencia que se han tomado en nuestro ámbito. Nos referimos a las medidas organizativas extraordinarias, asentadas en nuestra amplia estructura pública de protección civil, propiciadas desde el Decreto 17/2020, de 15 de agosto, para la avocación de la dirección del Labi, y sobre todo a las medidas específicas y de prevención que hemos ido tomando asentadas en la competencia en materia de salud pública, que culminaron hace pocas semanas en un último Decreto 38/2021, de 17 de septiembre, que refundió y actualizó nuestra respuesta más concreta de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR