Decreto 37/2021, de 18 de mayo, por el que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral de la Presidencia de la Junta de Extremadura y de las Consejerías de Hacienda y Administración Pública, Sanidad y Servicios Sociales, Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, Educación y Empleo, Economía, Ciencia y Agenda Digital, Cultura, Turismo y Deportes, Movilidad, Transporte y Vivienda, Igualdad y Portavocía, Transición Ecológica y Sostenibilidad y Organismos Autónomos Servicio Extremeño de Salud, Servicio Extremeño Público de Empleo y Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 37/2021, de 18 de mayo, por el que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral de la Presidencia de la Junta de Extremadura y de las Consejerías de Hacienda y Administración Pública, Sanidad y Servicios Sociales, Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, Educación y Empleo, Economía, Ciencia y Agenda Digital, Cultura, Turismo y Deportes, Movilidad, Transporte y Vivienda, Igualdad y Portavocía, Transición Ecológica y Sostenibilidad y Organismos Autónomos Servicio Extremeño de Salud, Servicio Extremeño Público de Empleo y Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia. (2021040046)

Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios que tienen encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que "las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos".

En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

El Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la reactivación económica y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el proceso hacia la "Nueva Normalidad", introduce una modificación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura consistente en una nueva redacción del artículo 84, así como la introducción de un nuevo artículo 84 bis.

Esta modificación normativa pretende establecer un nuevo régimen para las oficinas en las que se prestan presencialmente servicios de información sobre los procesos administrativos, así como para aquellas otras, que realizan actualmente funciones de registro de documentos, bajo la coordinación de la Consejería competente en materia de atención a la ciudadanía.

En este sentido, se ha iniciado un proceso de transformación que desembocará en un cambio de orientación de este conglomerado de oficinas administrativas, que pasarán a constituirse en Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, tanto de carácter general, como de carácter especializado, desde las que se atenderán tanto las funciones de registro de documentos, como las funciones de atención e información a la ciudadanía, optimizándose al máximo la calidad y eficiencia de estos servicios con el fin de garantizar en todo momento a los interesados, el ejercicio de los derechos reconocidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fruto del mencionado proceso de reestructuración, se ha realizado un Plan de Transformación que ha desembocado en la creación de 44 Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía con 88 localizaciones, a través de las cuales, se incrementan considerablemente los servicios que se ofrecen a los ciudadanos en orden a facilitar sus relaciones con la Administración.

Este proceso de racionalización de las estructuras administrativas de atención e información conlleva un último paso consistente en la modificación de las relaciones de puestos de trabajo ya que se incide necesariamente en la caracterización de los puestos de trabajo que actualmente las integran que van a ver modificados elementos tales como su adscripción orgánica, la denominación del centro de trabajo, la modalidad de jornada en que debe realizarse la prestación del servicio o la tipología de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía.

Teniendo en cuenta los antecedentes citados, resulta de aplicación el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios a seguir para la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura. Igualmente, resulta de aplicación el Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura.

En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo estudio e informe favorable de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en las mesas correspondientes, con el previo informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y, tras deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de mayo de 2021,

DISPONGO

Primero. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Presidencia de la Junta y de las Consejerías de Hacienda y Administración Pública, Sanidad y Servicios Sociales, Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, Educación y Empleo, Economía, Ciencia y Agenda Digital, Cultura, Turismo y Deportes, Movilidad, Transporte y Vivienda, Igualdad y Portavocía, Transición Ecológica y Sostenibilidad y Organismos Autónomos Servicio Extremeño de Salud, Servicio Extremeño Público de Empleo y Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, según se indica en el anexo I para la modificación de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.

Segundo. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de las Consejerías de Hacienda y Administración Pública y de Educación y Empleo, según se indica en el anexo II para la modificación de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.

Tercero. Efectos.

El presente decreto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Cuarto. Impugnación.

Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Diario Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.

Mérida, 18 de mayo de 2021.

La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, El Presidente de la Junta de Extremadura, PILAR BLANCO-MORALES LIMONES GUILLERMO FERNANDEZ VARA Observaciones

Observaciones

OAC ESPECIAL. OAC ESPECIAL. OAC ESPECIAL.

OAC ESPECIAL. OAC ESPECIAL.

iona

iona

r

r

io

io

onal Func

onal Func

de trabajo Pers

de trabajo Pers

éritos

M

éritos

M

pues

pues

tos

tos

iones

iones

ac

ac

ANEXO I

Modif

Especialidad / Otros

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

Modif

Especialidad / Otros

ic

ic

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

ANEXO I

Requisitos para su desempeño

Requisitos para su desempeño

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

Titulación

Titulación

SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA PRESIDENCIA DE LA JUNTA

DIR. GRAL. DE TRIBUTOS CONSEJERÍA DE HACIENDA Y A.PÚBLICA

Gr. / Subgr.

Gr. / Subgr.

TP PR

N N N

C2 C2 C2

C1 C2

Subconc

Subconc

C C C

TP PR

Complemento Específico

N N

C C

IR IR IR

Complemento Específico

Tipo

IR IR

D.1 D.1 D.1

Tipo

C.1 D.1

NI

S S S

NI

V

16 16 16

NI

V

18 16

H O R

H O R

NI

S S

Denominación / Ubicación

INISTRACION

INISTRACION

INISTRACION

Denominación / Ubicación

210 2310

4211910 4212510

INISTRACION

Centro Directivo...: Consejería.........:

AUXILIAR DE ADM

AUXILIAR DE ADM

AUXILIAR DE ADM

INISTRATIVO/A

ÉRIDA M

ÉRIDA M

ÉRIDA

Centro Directivo...: Consejería.........:

CÁCERES BADAJOZ 948 17194

AUXILIAR DE ADM

ADM

M

Unidad / Código

2310 2310 2310

177 4048 9630

Unidad / Código

4212510 4212510

Observaciones

OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL OAC GENERAL

r

iona

io

onal Func

de trabajo Pers

éritos

M

tos

pues

iones

Especialidad / Otros

ic

ac

Modif

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

INISTRACION GENERAL

Requisitos para su desempeño

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

ADM

Titulación

SEC. GRAL. DE ADMINISTRACION DIGITAL CONSEJERÍA DE HACIENDA Y A.PÚBLICA

Gr. / Subgr.

TP PR

C2 C2 C2 C2 C2 C2 C2 C2 C2 C2 C2

Complemento Específico

Subconc

N N N N N N N N N N N

C C C C C C C C C C C

Tipo

IR IR IR IR IR IR IR IR IR IR IR

D.1 JP3 D.1 JP3 D.1 D.1 JP3 D.1 D.1 D.1 D.1 JP3 D.1 JP3 D.1 JP3 D.1 JP3

NI

NI

V

S S S S S S S S S S S

16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16

H O R

JP3 JP3 JP3 JP3 JP3 JP3 JP3

4211910 4257410

Denominación / Ubicación

INI...

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