Decreto 27/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, Desarrollo Rural, PoblaciÓN y Territorio
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

DECRETO 27/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre. (2022040049)

En el Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Dicho real decreto atribuye a las Comunidades Autónomas la convocatoria y la gestión de dichas ayudas, si bien es necesario dictar este decreto puesto que determinados contenidos propios de unas bases reguladoras tienen naturaleza de normas complementarias autonómicas no compatibles con la condición de acto administrativo de destinatario plural de las convocatorias. Al objeto de facilitar la comprensión de los destinatarios se reproducen en ocasiones las bases estatales con mención del artículo del real decreto donde se encuentran.

A través del Real Decreto 949/2021 se fomentan inversiones en bioseguridad en centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado tanto para la mejora de los ya existentes como para la construcción de nuevos centros.

De igual forma a través del Real Decreto 949/2021 se habilitan líneas que pretenden fomentar la lucha preventiva frente a plagas cuarentenarias a través de medidas fitosanitarias que protejan la producción de los materiales vegetales de reproducción (MRV) de las especies vegetales sensibles a, entre otras, las principales plagas cuarentenarias que son transmitidas por insectos vectores

Los beneficiarios de esta subvención en Extremadura serán operadores profesionales inscritos en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y autorizados por la autoridad competente de Extremadura que acrediten que la inversión se llevará a cabo en instalaciones de protección frente a insectos vectores.

Tratándose de ayudas a los sectores ganadero, agrícola y forestal y en materia de sanidad animal y vegetal, las normas básicas reguladoras de estas subvenciones dictadas por el Estado en ejercicio de la competencia establecida en el artículo 149.1.13ª de la Constitución Española, pueden ser completadas por la Comunidad Autónoma con base en las competencias atribuidas por los artículos 9.1.12 y 10.1.2 y 9 del Estatuto de Autonomía de Extremadura y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el gasto público que resume la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 13/1992, de 6 de febrero.

Las personas y entidades interesadas deberán tener en cuenta para conocer el conjunto de sus derechos y obligaciones todo el régimen jurídico que regula estas ayudas singulares y que viene constituido fundamentalmente por las siguientes normas en sus redacciones vigente: El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y sus normas de aplicación y ejecución; el Reglamento (UE) n. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis; las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01); el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración; el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba, el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómica y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y, en caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a tal ley, en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos

del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Este decreto es necesario para cumplir con eficacia el régimen especial de ayudas establecido por la Unión Europea implementado por las base reguladoras estatales, responde proporcionalmente a las exigencias de dichas normas intentando reducir las cargas administrativas y racionalizar el procedimiento de forma coherente con las severas exigencias de las instituciones europeas para reforzar los controles y garantizar que las subvenciones respondan a los principios rectores de las mismas. Viene justificado por el ejercicio de las competencias autonómicas y por la necesidad de complementar las bases reguladoras estatales a través de disposiciones que según la normativa autonómica de subvenciones y de organización administrativa requiere disposición con carácter normativo. Pretende clarificar y concretar el procedimiento para que la Comunidad Autónoma pueda cumplir sus onerosas responsabilidades de gestión y control de las ayudas. Responde por ello a los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Al mismo objeto de comprensión habrán de tenerse especialmente en cuenta las definiciones previstas en el artículo 3 del Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.

Tal y como resulta de esta normativa, y sin perjuicio de las restantes condiciones, obligaciones y compromisos es esencial que las personas y entidades beneficiarias demuestren que las inversiones subvencionables se diseñan y ejecutan de conformidad con el principio de no causar daño significativo al medio ambiente, que configura un marco de especial protección medioambiental, así como que las mismas no inciden negativamente sobre el objetivo medioambiental de la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

Las solicitudes de cualquier tipo de personas y entidades sólo podrán confeccionarse y presentarse telemáticamente de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 949/2021, en los artículos 24.3 y 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el presente decreto.

Por lo expuesto, en virtud de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 23 h) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad autónoma de Extremadura, y con el artículo 24 del Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión del día 23 de marzo 2022,

DISPONGO

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 6
Artículo 1 Objeto y ámbito.
  1. Mediante este decreto se completan para la Comunidad Autónoma de Extremadura las normas especiales con la naturaleza jurídica de bases reguladoras establecidas por el Estado con el Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR