Decreto 26/2017, de 19 de mayo, de modificación del nombramiento de miembros en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears integrados en los grupos I y II, como representantes de organizaciones empresariales y sindicales, y de convocatoria de la sesión constitutiva

SecciónPrimera. Nombramientos, situaciones e incidencias
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El artículo 78 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en la redacción dada por la reforma realizada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que el Consejo Económico y Social de las Illes Balears (CES) es el órgano colegiado de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social, y ordena que una ley del Parlamento regule su composición, la designación de sus miembros, su organización y sus funciones.

En cumplimento de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, se aprobó la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears, cuyo artículo 1 establece que tiene la naturaleza de órgano colegiado de carácter consultivo, de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social.

Mediante la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, se suspendió la vigencia de la Ley10/2000 y el funcionamiento del Consejo Económico y Social de las Illes Balears y, posteriormente, por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2016, se dejaron sin efecto las suspensiones anteriores.

El artículo 5 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, determina que la forma de designación y nombramiento de los miembros del Consejo Económico y Social de las Illes Balears será mediante decreto del Consejo de Gobierno, después de haber recibido las correspondientes propuestas y designaciones.

Por otra parte, el punto segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2016 indica que dicho órgano, además de realizar los nombramientos, debe convocar la sesión constitutiva, en la cual, y mientras no sean nombrados el presidente o la presidenta y el secretario o la secretaria general, ocuparán tales cargos los miembros de mayor y de menor edad, respectivamente.

De acuerdo con lo anterior, por el Decreto 65/2016, de 11 de noviembre, se efectuó el nombramiento de los miembros del Consejo Económico y Social de las Illes Baleares, convocando la sesión constitutiva para el día 1 de diciembre de 2016.

En fecha 9 de febrero de 2017 tuvo entrada en la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria una propuesta de la Unión General de Trabajadores de las Illes Balears de modificación del nombramiento de los miembros del Consejo Económico y Social de las Illes Balears integrados en el Grupo II en representación de dicha organización sindical.

Asimismo, el 17 de mayo de 2017 tuvo entrada...

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