Decreto 25/2014, de 13 de junio, por el que se establecen en la Comunidad Autónoma de La Rioja las condiciones para la alimentación, dentro de las zonas de protección, de determinadas especies de fauna silvestre necrófaga con subproductos animales no destinados a consumo humano procedentes de explotaciones ganaderas y se regula el procedimiento de autorización. (BOR núm. 75, de 18 de junio de 2014)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas57-57

Page 57

Las principales especies necrófagas de interés comunitario, con poblaciones importantes en La Rioja son: el buitre leonado (Gyps fulvus), el alimoche (Neophron pernopterus), el águila real (Aquila chrysaetos), el milano negro (Milvus migrans) y el milano real (Milvus milvus). Y existen cinco territorios que han sido designados como espacios Red Natura 2000, con presencia de estas especies. El problema es que los recursos alimenticios actualmente disponibles no cubren todas sus necesidades, unido al hecho de que la CA de la Rioja no dispone de ningún plan de recuperación o conservación para las especies necrófagas de interés comunitario.

A través de este Decreto se determinan los requisitos para la autorización de usos de aquellos...

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