DECRETO 230/2017, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Recuperación del Lagarto Gigante de Tenerife (Gallotia Intermedia).

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad
Rango de LeyDecreto

El lagarto gigante de Tenerife (Gallotia intermedia) es una especie endémica de la isla de Tenerife que se encuentra incluida en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), concretamente en la categoría de "en peligro de extinción".

De conformidad con el artículo 59.1.a) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en relación con el artículo 3.2.a) de la Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de Especies Protegidas, la inclusión de un taxón o población en la categoría de "en peligro de extinción" conllevará la adopción de un plan de recuperación que incluya las medidas más adecuadas para el cumplimiento de los objetivos buscados y, en su caso, la designación de áreas críticas.

Asimismo, dicho precepto de la Ley estatal añade que en las áreas críticas, y en las áreas de potencial reintroducción o expansión de estos taxones o poblaciones, se fijarán medidas de conservación e instrumentos de gestión, específicos para estas áreas o integrados en otros planes, que eviten las afecciones negativas para las especies que hayan motivado la designación de esas áreas.

En particular, el lagarto gigante de Tenerife ha sufrido una regresión histórica motivada por la incidencia de diversos factores de amenaza que actualmente siguen activos; siendo previsible tanto el aumento de la presión ejercida directamente por el ser humano, como la aparición de nuevos factores negativos como por ejemplo la introducción de especies invasoras. Así, se prevé que la no adopción de medidas de conservación dirigidas a prevenir, mitigar o anular estas amenazas podría conducir a la extinción de la especie en algunas décadas; y por tanto, en suma, ha resultado acreditada la necesidad de aprobar un plan de recuperación para esta especie.

La competencia para la elaboración, tramitación y aprobación de los planes de recuperación de especies en peligro de extinción corresponde a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6, apartado k), del Decreto 111/2002, de 9 de agosto, de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR