DECRETO 205/2016, de 1 de marzo, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para el Desarrollo del Autogobierno.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Dado que mediante el Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña se ha asignado al Departamento de la Presidencia el ámbito competencial sobre el impulso al desarrollo del autogobierno y que, por otra parte, por la Resolución PRE/13/2016, de 13 de enero, el presidente de la Generalidad ha delegado a favor del vicepresidente del Gobierno y consejero de Economía y Hacienda el ejercicio de las atribuciones relativas a la coordinación de la actividad de los departamentos para la aplicación de las directivas generales de la acción de gobierno con relación al desarrollo del autogobierno, se considera necesaria la creación de una comisión de carácter interdepartamental para el desarrollo del autogobierno, de la que forman parte todos los departamentos de la Administración de la Generalidad, con la finalidad de elaborar colegiadamente las estrategias políticas que deben regir el proceso de desarrollo del autogobierno y coordinar y hacer el seguimiento de la aplicación de estas estrategias.

De conformidad con lo que establece el artículo 51 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Por todo ello, a propuesta conjunta del vicepresidente del Gobierno y consejero de Economía y Hacienda y de la consejera de la Presidencia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Creación de la Comisión Interdepartamental para el Desarrollo del Autogobierno.

1.1 Se crea la Comisión Interdepartamental para el Desarrollo del Autogobierno (en adelante la Comisión), con la duración y con la composición, las funciones y el régimen jurídico previstos en este Decreto.

1.2 La Comisión se adscribe al Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda.

Artículo 2

Objeto y duración

La Comisión tiene por objeto elaborar las estrategias políticas que deben regir el proceso de desarrollo del autogobierno y coordinar y hacer el seguimiento de la aplicación de estas estrategias, hasta la consecución del cumplimiento de los objetivos establecidos por el Gobierno.

Artículo 3

Funciones

Las funciones de la Comisión son las siguientes:

  1. Elaborar y proponer al Gobierno las estrategias políticas para la implementación de las medidas para el...

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