DECRETO 19/2017, de 21 de marzo, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Sant Feliu de Llobregat y de Barcelona.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda
Rango de LeyDecreto

El 29 de abril y el 9 de mayo de 2014, los plenos del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat y del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona, respectivamente, acordaron iniciar un expediente de alteración de sus términos municipales para de eliminar el enclave territorial del municipio de Barcelona que se encuentra entre los términos municipales de Sant Feliu de Llobregat y de Sant Cugat del Vallés, con el fin de dar congruencia al territorio de estos municipios y facilitar la gestión de las actuaciones que se lleven a cabo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, en relación con el artículo 13.1.c) del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003 , de 28 de abril.

El expediente fue sometido a información pública, sin que se presentaran alegaciones en este trámite, y a informe de los entes locales que no la habían promovido. El Área Metropolitana de Barcelona, por acuerdo del Consejo Metropolitano de 25 de noviembre de 2014, el Consejo Comarcal del Baix Llobregat, por acuerdo de la Junta de Gobierno de 1 de diciembre de 2014, y la Diputación de Barcelona, mediante Decreto de la Presidencia de 22 de diciembre de 2014, informaron favorablemente el expediente de alteración de términos. El Consejo Comarcal del Barcelonès, mediante escrito de su presidente de 4 de noviembre de 2014, manifiesta que la alteración no tiene incidencia sobre ningún servicio comarcal y que la modificación del límite comarcal no justifica ningún pronunciamiento específico al respecto. En el expediente no consta respuesta por parte del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés.

Los ayuntamientos de Sant Feliu de Llobregat y de Barcelona, mediante acuerdos de sus plenos de 29 de enero y 27 de febrero de 2015, respectivamente, aprobaron la procedencia de la alteración, con el quórum legalmente establecido.

En fecha 14 de abril de 2015, del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, en su condición de ente instructor del expediente, envió los certificados de los acuerdos plenarios de aprobación de la procedencia de la alteración junto con una copia del expediente administrativo al Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda. Examinada la documentación que integraba el expediente, la Dirección General de Administración Local se dirigió al Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat para que completara el expediente...

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