DECRETO 143/2021, de 14 de outubre, por el que se modifica el Decreto 279/2008, de 11 de diciembre, modificado por el Decreto 395/2009, de 8 de octubre, por el que se crea y se regula el Consejo Gallego de Enseñanzas Artísticas Superiores.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Universidad
Rango de LeyDecreto

El Consejo Gallego de Enseñanzas Artísticas Superiores fue creado por el Decreto 279/2008, de 11 de diciembre, como órgano colegiado consultivo y de asesoramiento de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para las políticas de coordinación y planificación de las enseñanzas artísticas superiores en Galicia, y en su artículo 3 establece su composición.

Dicha composición fue modificada por el Decreto 395/2009, de 8 de octubre, con el fin de adaptar la misma a las estructuras orgánicas de las consellerías de Educación y Ordenación Universitaria, de Cultura y de Economía e Industria.

Teniendo en cuenta los cambios organizativos producidos en las citadas consellerías, procede llevar a cabo los cambios pertinentes en el Consejo Gallego de Enseñanzas Artísticas Superiores.

Así pues, de conformidad con la competencia que le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud de los artículos 27, 31 y 39 del Estatuto de autonomía de Galicia, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Universidad, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de las normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día catorce de octubre de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 279/2008, de 11 de diciembre, modificado por el Decreto 395/2009, de 8 de octubre, por el que se crea y se regula el Consejo Gallego de Enseñanzas Artísticas Superiores

Uno. Se modifica el artículo 3, que queda redactado como sigue:

Artículo 3. Composición

1. El Consejo Gallego de Enseñanzas Artísticas Superiores estará compuesto por los siguientes miembros:

a) La persona titular de la consellería competente en materia de educación, que ocupará su presidencia.

b) La persona titular del centro directivo con competencias en enseñanzas artísticas superiores dependiente de la consellería competente en materia de educación, que ocupará su vicepresidencia.

c) La persona titular del centro directivo con competencias en enseñanzas universitarias dependiente de la consellería competente en materia de educación.

d) La persona titular del centro...

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