DECRETO 171/2000, de 13 de julio, por el que se regula el Consejo Regional de la Mujer.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 171/2000, de 13 de julio, por el que se regula el Consejo Regional de laMujer.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece en su Art. 7.º2.

que corresponde a los poderes públicos facilitar la participación de todas las personas castellano y leonesas en la vida política económica, cultural y social. En esta misma línea e incidiendo en la necesidad de participación en el Art. 19 de la Ley de Acción Social y Servicios Sociales recoge que se asegurará la participación en materia de Acción Social.

Uno de los objetivos prioritarios del Plan Integral de Igualdad de Oportunidades de la Mujer en Castilla y León, aprobado por Decreto 155/1997, es el desarrollo de canales de información y asesoramiento mejorando el conocimiento de los mismos.

Para la consecución de tales fines se constituye el Consejo Regional de la Mujer como órgano interlocutor entre la Administración y la sociedad civil con funciones participativas y consultivas en el seguimiento de la Planificación Regional en materia de igualdad de oportunidades para la mujer.

La finalidad de este órgano es facilitar, además de una estructura organizativa, un cauce de comunicación y colaboración de la Administración Pública con el movimiento asociativo de mujeres para posibilitar su participación en todos aquellos temas que les afecten en materia de igualdad de oportunidades.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad y Bienestar Social, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 13 de julio de 2000

DISPONGO:

Artículo 1 º Se regula el Consejo Regional de la Mujer en Castilla y León, como órgano de participación y consulta adscrito a la Consejería de Sanidad y Bienestar Social

Se integra por representantes de entidades públicas y privadas que trabajan específicamente en actividades a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con la finalidad de institucionalizar su colaboración, hacer más ágil la comunicación entre la Administración y la Sociedad Civil y facilitar la participación activa de las mujeres, a través de su movimiento asociativo, en la definición, aplicación y seguimiento de las políticas en materia de igualdad de oportunidades.

Artículo 2 º Los objetivos básicos del Consejo Regional de la Mujer de Castilla y León son:
  1. Contribuir al avance en el logro de una auténtica igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, impulsando para ello, el desarrollo de los objetivos de la Planificación Regional.

  2. Actuar como interlocutor de las entidades representativas de las mujeres ante...

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