DECRETO 122/2020, de 3 de diciembre, por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio la competencia para autorizar el otorgamiento de las subvenciones directas, por importe superior a ciento cincuenta mil (150.000) euros.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Turismo, Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto

Visto que el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que podrán concederse de forma directa con carácter excepcional aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras que dificulten su convocatoria pública.

Considerando que corresponde al Gobierno autorizar el otorgamiento de las subvenciones directas a que se refiere el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo importe sea superior a ciento cincuenta mil (150.000) euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020.

Considerando que el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, determina que los órganos administrativos podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración; previsión recogida en el mismo sentido en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Considerando la próxima finalización del ejercicio presupuestario, teniendo en cuenta los trámites aún pendientes de realizar para proceder a la concesión de subvenciones y con el ánimo de agilizar la tramitación y dar cumplimiento al fin primordial para el que han sido previstos los distintos créditos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 3 de diciembre de 2020,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, la competencia prevista en el artículo 27.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, para autorizar el otorgamiento de las subvenciones directas a que se refiere el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por importe superior a ciento cincuenta mil (150.000) euros, para lo que resta del ejercicio 2020.

Segundo.- Del ejercicio de la delegación prevista en el apartado anterior, la Consejería de Turismo, Industria y Comercio dará cuenta al Gobierno en el primer trimestre de 2021.

Tercero.- El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Canarias, a 3 de...

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