DECRETO 121/2022, de 16 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y de funcionamiento del Consell de l'Audiovisual de la Comunitat Valenciana [2022/8394]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Generalitat
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Preámbulo
CAPÍTULO I Disposiciones de carácter general Artículos 1 a 5
Artículo 1 Naturaleza, régimen jurídico y adscripción
Artículo 2 Ámbito de actuación
Artículo 3 Objetivos, funciones, potestades y facultades
Artículo 4 Principios de actuación
Artículo 5 Sede
CAPÍTULO II Órganos Artículos 6 a 9
Artículo 6 Órganos
Artículo 7 El Pleno
Artículo 8 La Presidencia
Artículo 9 La Vicepresidencia
CAPÍTULO III Normas de funcionamiento Artículos 10 a 20
Sección 1ª Normas de funcionamiento del Pleno Artículos 10 a 15
Artículo 10 Convocatorias y orden del día
Artículo 11 Régimen de las sesiones del Pleno
Artículo 12 La sesión constitutiva del Pleno
Artículo 13 Deliberaciones del Pleno
Artículo 14 Las votaciones del Pleno
Artículo 15 Las actas del Pleno
Sección 2ª Estatuto personal de los consejeros y consejeras Artículos 16 a 18
Artículo 16 Incompatibilidades, principios de actuación e indemnizaciones
Artículo 17 Pérdida de la condición de miembro
Artículo 18 Derechos y deberes
Sección 3ª Las comisiones y grupos de trabajo Artículos 19 y 20
Artículo 19 Régimen general de funcionamiento de las comisiones
Artículo 20 Los grupos de trabajo
CAPÍTULO IV Estructura organizativa Artículos 21 a 24
Artículo 21 Organización
Artículo 22 La Secretaría General
Artículo 23 Área de Contenidos, Estudios e Investigación
Artículo 24 Área de Régimen Jurídico
CAPÍTULO V Personal, contratación y patrimonio, régimen económico presupuestario e inventario Artículos 25 a 28
Artículo 25 Personal
Artículo 26 Contratación y patrimonio
Artículo 27 Régimen económico presupuestario
Artículo 28 Inventario
CAPÍTULO VI Procedimientos de actuación Artículos 29 a 42
Sección 1ª Disposiciones de carácter general Artículos 29 a 31
Artículo 29 Principios de actuación
Artículo 30 Obtención de información
Artículo 31 Transparencia y protección de datos
Sección 2ª Procedimientos de actuación Artículos 32 a 42
Artículo 32 Acuerdos del Pleno
Artículo 33 Adopción de instrucciones, decisiones y recomendaciones
Artículo 34 El Sistema de seguimiento de medios
Artículo 35 Procedimiento de quejas, peticiones y sugerencias
Artículo 36 Actuaciones de vigilancia y de control
Artículo 37 Inspección y procedimiento sancionador
Artículo 38 Actividades de estudio y divulgación
Artículo 39 Emisión de informes y dictámenes
Artículo 40 Actividades de promoción y fomento
Artículo 41 Procedimientos de mediación y arbitraje
Artículo 42 Premios y distinciones
CAPÍTULO VII Relaciones institucionales Artículos 43 y 44
Artículo 43 Relaciones con las Corts Valencianes
Artículo 44 Relaciones con otras administraciones e instituciones Artículo 45

Relaciones con otras autoridades audiovisuales Artículo 46. Convenios con otras entidades.

CAPÍTULO VIII El Comité Consultivo del CACV
Artículo 47

Facultades del Comité Consultivo del CACV.

Artículo 48 Designación de las vocalías del Comité Consultivo del CACV
Artículo 49 Propuesta y selección de las vocalías del Comité Consultivo del CACV
Artículo 50 Paridad de sexos
Artículo 51

Nombramiento de las vocalías del Comité Consultivo del CACV.

Artículo 52

Estructura y funcionamiento.

Artículo 53 Derecho a indemnización por asistencia
Artículo 54 Duración y cese en las vocalías del Comité Consultivo del CACV
Disposición transitoria

Única. Derechos de las consejeras y consejeros Disposición derogatoria

Única. Derogación normativa

Disposiciones finales

Primera. Habilitación para el desarrollo Segunda. Entrada en vigor

PREÁMBULO

El artículo 56 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana establece que por una ley de las Corts se creará el Consell de l'Audiovisual de la Comunitat Valenciana (en adelante, CACV) que velará por el respeto de los derechos, libertades y valores constitucionales y estatutarios en el ámbito de la comunicación y los medios audiovisuales en la Comunitat Valenciana. En cuanto a su composición, nombramiento, funciones y estatuto de sus miembros se ajustará a lo que disponga dicha ley. Asimismo, el artículo 49.1.3ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana establece la competencia exclusiva de la Generalitat en las normas de procedimiento administrativo derivadas de las especialidades de la organización de la misma.

Mediante la Ley 10/2018, de 18 de mayo, de creación del Consell de l'Audiovisual de la Comunitat Valenciana (en adelante, Ley 10/2018), este se configura como autoridad audiovisual independiente, encargada de velar por el respeto de los derechos, libertades y valores constitucionales y estatutarios en el ámbito de los medios audiovisuales en la Comunitat Valenciana y por el cumplimiento de la normativa vigente en materia audiovisual y de publicidad.

El CACV se regirá, además de por lo dispuesto en su Ley de creación, por su reglamento orgánico y de funcionamiento que, de conformidad con el artículo 16 de la misma, desarrollará las funciones, el régimen interior y de administración y las demás previsiones que sean necesarias para facilitar su adecuado funcionamiento, pudiendo crear a tal efecto las comisiones que se consideren convenientes. La propuesta de reglamento se elevará al Consell para su aprobación mediante decreto.

En el procedimiento de elaboración de la presente disposición se han cumplido los trámites esenciales exigidos por el artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y por el artículo 133.1 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y constan los informes de impacto de género, de impacto en la familia, en la infancia y en la adolescencia y de coordinación informática exigidos por el ordenamiento jurídico, que fueron evacuados durante la tramitación del procedimiento.

El texto está integrado por cincuenta y cuatro artículos, distribuidos en ocho capítulos, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

El capítulo I establece las disposiciones de carácter general que se aplican al CACV, concretando su naturaleza, régimen jurídico y adscripción, ámbito de aplicación, los objetivos, funciones, potestades y facultades, los principios en los que se basa y la sede de la entidad.

El capítulo II regula los órganos del CACV, distinguiéndose el Pleno, la Presidencia y la Vicepresidencia.

Las normas de funcionamiento del CACV se especifican en el capítulo III, diferenciándose, en tres secciones, las normas que se aplican al Pleno, el estatuto personal de las consejeras y consejeros y las normas de funcionamiento que rigen las comisiones y grupos de trabajo.

La organización del CACV se regula en el capítulo IV, estructurándose en la Secretaría General, servicios y áreas, y configurando estas últimas como unidades administrativas, que tienen asignada la responsabilidad de gestionar los servicios y llevar a cabo las actividades de apoyo administrativo, técnico o material de las funciones del CACV y de sus órganos.

El Capítulo V establece las normas por las que el CACV se regirá en materia de personal, contratación y patrimonio, régimen económico presupuestario e inventario.

Los procedimientos de actuación del CACV se regulan en el capítulo VI, aplicándose a todos ellos los principios previstos en el artículo 4 de la Ley 10/2018, además del de proporcionalidad, perspectiva de igualdad por razón de sexo, transparencia y protección de datos. En este capítulo se establecen los procedimientos a seguir para la adopción de acuerdos en el Pleno, la adopción por el CACV de instrucciones, decisiones y recomendaciones, el sistema de seguimiento de medios, el procedimiento de quejas, peticiones y sugerencias, las actuaciones de vigilancia y de control, la inspección y el procedimiento sancionador, las actividades de estudio y divulgación, la emisión de informes y dictámenes, las actividades de promoción y fomento, los procedimientos de mediación y arbitraje, así como la posibilidad de otorgar premios y distinciones.

El capítulo VII regula las relaciones institucionales del CACV con las Corts Valencianes, instituciones y administraciones públicas, y otras autoridades audiovisuales, y prevé la facultad de suscribir convenios para el cumplimiento de sus funciones.

Por último, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 10/2018, el capítulo VIII regula el Comité Consultivo del CACV como un órgano de participación ciudadana y de asesoramiento, estableciendo el procedimiento de propuesta y selección de las vocalías, su nombramiento, así como su...

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