Decret 52/2016, de 5 d’agost, de la renda per a persones en procés d’autonomia personal que han estat sotmeses a mesures administratives de protecció de menors
Sección | I. Disposicions generals |
Emisor | CONSELL DE GOVERN |
Rango de Ley | Decret |
L’Estatut d’autonomia de les Illes Balears, aprovat per la Llei orgànica 1/2007, de28de febrer, en els apartats 13, 15, 16 i 39 de l’article 30 atribueix a la Comunitat Autònoma la competència exclusiva en matèria de joventut, disseny i aplicació de polítiques, plans i programes destinats a la joventut; acció i benestar social, desenvolupament comunitari i integració, polítiques d’atenció a les persones i als col·lectius en situació de pobresa o necessitat social; protecció social de la família, conciliació de la vida familiar i laboral, i protecció de menors. Tot això s’entén sens perjudici de la competència pròpia que els consells insulars tenen atribuïda en l’Estatut d’autonomia, d’acord amb l’article 70.4, sobre polítiques d’atenció a les persones i als col·lectius en situació de pobresa o necessitat social, de manera que cada consell insular pot adoptar les mesures que consideri pertinents per a aquest col·lectiu i desplegar-ne els efectes en l’àmbit territorial propi i en defensa dels interessos respectius.
No obstant el que s’ha exposat, el Govern de les Illes Balears és l’òrgan competent per dictar aquest reglament. La potestat que l’habilita i el faculta per elaborar-lo, tramitar-lo i aprovar-lo posteriorment li atribueix l’article 69 de l’Estatut d’autonomia, el qual reserva a la Comunitat Autònoma les competències que, per la seva naturalesa, tenen un caràcter suprainsular; les que incideixen sobre l’ordenació i la planificació de l’activitat econòmica general en l’àmbit autonòmic, i aquelles l’exercici de les quals exigeix l’obligació de vetlar per l’equilibri o la cohesió territorial entre les diferents illes, com és el cas.
El Parlament de les Illes Balears va aprovar la Llei 7/2015, de 10 d’abril, per la qual s’estableix el marc regulador dels processos d’autonomia personal de menors que han estat sotmesos a una mesura de protecció o reforma. Aquesta Llei té com a objectiu bàsic la protecció de les persones menors d’edat que han estat sota la protecció de les administracions públiques i que, en assolir la majoria d’edat, es troben en una situació de vulnerabilitat social que els impossibilita viure de manera autònoma o amb les garanties suficients per fer-ho.
L’exclusió social s’entén com la situació en què es troben les persones que no poden participar plenament en la vida econòmica, social i civil, i que disposen d’uns ingressos o recursos...
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