Se declara Refugio de Fauna el Embalse de Finisterre en la provincia de Toledo
Autor | Dra. Eva Blasco Hedo |
Cargo | Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) |
Páginas | 209-209 |
Recopilación mensual – n. 106, noviembre 2020
209
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 20 de noviembre de 2020
Se declara Refugio de Fauna el Embalse de Finisterre en la provincia de Toledo
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCM núm. 199, de 1 de octubre de 2020
Palabras clave: Biodiversidad. Avifauna. Refugio de fauna. Caza.
Resumen:
El embalse de Finisterre está situado sobre el río Algodor, en los términos municipales de
Consuegra, Mora, Tembleque y Turleque, de la Provincia de Toledo. Posee un importante
valor ecológico por su capacidad para acoger numerosas especies de avifauna acuáticas que
se asientan y crían en él, pero también para otras especies de avifauna amenazada propia del
hábitat mediterráneo, como son las grandes rapaces que encuentran tranquilidad y alimento
en este territorio.
La situación actual de este espacio, la biodiversidad existente y la conservación de las especies
presentes en el mismo aconsejan el cambio de figura legal –hasta el momento era la de Zona
de Caza Controlada- mediante la declaración de Refugio de Fauna para contribuir a mantener
sus procesos vitales en condiciones de tranquilidad, a salvo de determinadas actividades que
puedan perturbar las condiciones para su reproducción, migración o invernada.
“Queda prohibido con carácter permanente el ejercicio de la caza en el refugio de fauna, no
pudiendo formar parte su territorio de terrenos cinegéticos”.
Enlace web: Decreto 58/2020, de 22 de septiembre, por el que se declara Refugio de Fauna
el Embalse de Finisterre en la provincia de Toledo.
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