SAP Murcia 65/2005, 4 de Marzo de 2005

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2005:536
Número de Recurso108/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución65/2005
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

D. CARLOS MORENO MILLAND. JUAN ANTONIO JOVER COYD. ANDRES PACHECO GUEVARA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00065/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION CUARTA

MURCIA

Rollo Apelación Civil nº. 108/04

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 65

En la ciudad de Murcia, a cuatro de marzo de dos mil cinco.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Molina de Segura y seguidos ante el mismo con el nº 488/2001, -rollo nº 108/2004-, entre las partes, actora, D. Simón , mayor de edad, casado, vecino de Molina de Segura, con domicilio en CALLE000 nº NUM000 con D.N.I. nº NUM001 , representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Conesa Aguilar y en la Audiencia por el Procurador Sr. Berenguer López, y dirigido por el Letrado Sr. Lacasa Díaz; y demandada, Obtasol 33 S.L., con domicilio social en Molina de Segura, calle Jaén nº 2 bajo, con C.I.F. nº B-30394423, representada en el Juzgado por el Procurador Sr. Cantero Meseguer y en la Audiencia por el Procurador Sr. Gálvez Giménez, y dirigida por el Letrado Sr. Morán de la Torre. Versando sobre reclamación de cantidad por responsabilidad decenal.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Obtasol 33 S.L. contra la sentencia de 22 de octubre de 2003, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Molina de Segura; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que ESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Conesa Aguilar en nombre y representación de Don Simón contra la mercantil "Obtasol, S.L.", debo condenar y condeno a la mercantil "Obtasol, S.L." a que abone al actor la suma de 37.903 euros con 13 céntimos de euro más los intereses legales de la indicada cantidad en la forma indicada en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Sentencia, y todo ello con expresa condena en costas a la mercantil demandada".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Obtasol 33 S.L. recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 108/2004, y se señaló el día 3 de marzo de 2005 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

D. Simón interpuso demanda de Juicio Ordinario, solicitando que se condenara a la mercantil Obtasol 33 S.L. a pagar al actor la cantidad de 6.306.552 pesetas (37.903,14 euros), que se desglosaba de la siguiente manera: 4.930.442 pesetas por gastos de reparación y reconstrucción de la piscina, 376.110 ptas por gastos de Notario y peritaje, y 1.000.000 ptas por daños morales.

D. Simón había contratado con Obtasol 33 S.L. en octubre de 1996 la construcción de una piscina en una parcela de la Urbanización El Chorrico, de Molina de Segura, por un precio de 2.400.000 pesetas más I.V.A., comprometiéndose la demandada a entregar la piscina en febrero de 1997.

Sin embargo, a los pocos días de finalizar la obra empezaron a...

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