SAP Salamanca 296/2006, 19 de Junio de 2006

PonenteILDEFONSO GARCIA DEL POZO
ECLIES:APSA:2006:420
Número de Recurso303/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución296/2006
Fecha de Resolución19 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

Sentencia Número: 296 / 06

Ilmo. Sr. Presidente

D. JOSE RAMÓN GONZALEZ CLAVIJO

Ilmos Sres. Magistrados

D. ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

D. LONGINOS GOMEZ HERRERO

En Salamanca, a diecinueve de junio de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio Verbal Nº 22/06 del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Bejar (Salamanca), Rollo de Sala Nº 303/06, han sido partes en este recurso: como demandante-apelante Dª. Gema representado por el Procurador D. Alfonso Rodríguez Ocampo, bajo la dirección del Letrado D. Juan José Estévez Moreno. Y como demandado-apelado-impugnante GROUPAMA PLUS ULTRA SEGUROS, representado por la Procuradora Dª. Mª Teresa Asensio Martín bajo la dirección del Letrado D. Manuel Alfonso Sánchez Benítez de Soto. Habiendo versado sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 9 de marzo de 2006 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Bejar (Salamanca) se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Gema contra Almacenes Revilla S.A., Juan Carlos y Groupama Plus Ultra, condenándoles a estos últimos de forma solidaria al pago de la cantidad de 1712´48 € a la actora, con la aplicación de los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro 50/1980, en el caso de la entidad aseguradora, y con imposición de las costas de este procedimiento a Almacenes Revilla y Juan Carlos, con la excepción de las costas producidas a instancia de Groupama Plus Ultra, las cuales se imponen a la parte actora".

  2. - Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica del demandante haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando que se revoque la sentencia impugnada, estimando la demanda origen de los presentes autos, en los términos interesados en el cuerpo del escrito, sin que exista para esta parte condena al pago de costas; dado traslado de la interposición del recurso a la parte contraria, por la legal representación de Groupama, se presentó escrito de oposición al mismo y de impugnación a la sentencia, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando que se dicte sentencia en la que se contengan los siguientes pronunciamientos: 1- Se desestime el recurso de apelación interpuesto por Doña Gema, parte actora, y le imponga las costas de su recurso, y 2- Estime la impugnación de la sentencia formulada por Groupama, parte demandada, y deje sin efecto el pronunciamiento de imposición de los intereses del artículo 20 LCS a la aseguradora e igualmente deje sin efecto, la condena en costas a los codemandados Almacenes Revilla y Juan Carlos ; y dado traslado de la impugnación de la sentencia a la parte apelante se presentó escrito en el que haciendo las alegaciones oportunas, finalmente para suplicar que desestime los motivos de la impugnación formulados por la representación procesal de la entidad aseguradora, condenándola expresamente al pago de las costas que tal impugnación ha causado.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno rollo, señalándose para la votación y fallo del recurso el día 14 de Junio de 2006 y pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ILDEFONSO GARCIA DEL POZO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Por el Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Béjar se dictó sentencia con fecha nueve del pasado mes de marzo, por la que, estimando en parte la demanda promovida por la demandante Doña Gema contra Almacenes Revilla S. A., Don Juan Carlos, - ambos declarados en rebeldía por su incomparecencia en autos -, y "Groupama Plus Ultra Seguros", condenó a dichos demandados a pagar solidariamente a la demandante la cantidad de 1.712,48 euros, más el interés del artículo 20 de la Ley del Contrato e Seguro con cargo a la entidad aseguradora, y con imposición a los demandados almacenes Revilla S. A. y Don Juan Carlos de las costas con excepción de las producidas por Groupama Plus Ultra, que se imponían a la demandante.

Y frente a tal sentencia, por un lado, se ha interpuesto recurso de...

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