SAP Cantabria 155/2007, 14 de Febrero de 2007

PonenteJOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS
ECLIES:APS:2007:334
Número de Recurso178/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución155/2007
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

SANTANDER

SENTENCIA: 00155/2007

ROLLO NUM. 178/06

S E N T E N C I A NUM. 155/07

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez

Don Joaquín Tafur López de Lemus

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En la Ciudad de Santander, a catorce de febrero de dos mil siete.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio Ordinario 407/04, Rollo de Sala núm. 178/06, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº dos de Santander.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante ECC VIVIENDAS S.A., representado por el Procurador Sr. Escalante Juaregui, y defendido por el Letrado Sr. López-Tafall Bascuñana; y parte apelada Ismael, representado por el Procurador Sra.. Torralba Quintana, y defendido por el Letrado Sr. Merino Campos.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado D. Joaquín Tafur López de Lemus.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. dos de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 12-12-05 Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Procede estimar la demanda interpuesta por la procuradora señora Ursula Torralba Quintana en representación de D. Ismael y en consecuencia condenar a los demandados ECC Viviendas S.A., representados por el procurador señor Juan Luis Escalante Jáuregui y E. Lostal y Cía, representado por la procuradora señora Dolores Cicero Bra a que abonen las cantidades descritas en el fundamento jurídico segundo de esta resolución, en la proporción de 1/3 para E. Lostal y Cía y 2/3 para ECC Viviendas, todo ello con expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

Ambas codemandadas se alzan contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número dos de Santander. Conoceremos en primer lugar del primero de los recursos de apelación interpuestos, que lo fue por la mercantil EXPERTOS EN CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A., apelación que se desglosa en dos motivos. Mediante el primero de ellos, la recurrente impugna que, sin más, se le haya atribuido la responsabilidad de dos tercios de los daños causados en el muro de cierre de la finca del demandante, pues acerca de la producción de ese porcentaje de daños por parte de la codemandada recurrente no existe prueba alguna. La sentencia, partiendo del hecho reconocido por la otra codemandada, de que causó un tercio de los daños, atribuye el resto de los...

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