STSJ Canarias , 25 de Febrero de 2005

PonenteFRANCISCO JOSE GOMEZ DE LORENZO-CACERES
ECLIES:TSJICAN:2005:763
Número de Recurso1373/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

DON JESUS SUAREZ TEJERA Presidente DON FRANCISCO JOSE GOMEZ CACERES DON JAIME BORRAS MOYA Magistrados Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de febrero del año 2.005.

Visto, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en esta capital, el presente recurso número 1373/2003, tramitado por el procedimiento ordinario, en el que interviene como demandante "Aterura Trans, S.L.", representado por la Procuradora doña Margarita Martell Moreno, asistido de la Letrada doña Inmaculada Villar, y como administración demandada la Autoridad Portuaria de Las Palmas, representada por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre responsabilidad patrimonial, siendo la cuantía del procedimiento de 1.490 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En escrito con fecha de registro de entrada 2 de mayo de 2002, la hoy actora solicita de la Autoridad Portuaria que le indemnice los daños materiales que padeció como consecuencia del accidente que sufrió el 27 de febrero de 2002, cuando circulaba por la Avda. de los Cambulloneros, al dañarse -resumidamente- el depósito de aceite del vehículo a causa del impacto en los bajos del camión de una arqueta que, afirma, estaba mal colocada y que se levantó cuando el vehículo la pisó con su rueda delantera derecha.

SEGUNDO

La reclamación es desestimada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, en sesión celebrada el 6 de mayo de 2003.

TERCERO

La representación de la actora interpuso recurso contencioso administrativo contra dicho acto, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que se reconozca su derecho a ser indemnizada en la suma reclamada.

CUARTO

La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.

QUINTO

Practicada la prueba pertinente, las partes formularon conclusiones, señalándose para votación y fallo del presente recurso la audiencia del día 25 de febrero del año 2.005, en cuyo acto tuvo lugar su realización.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don FRANCISCO JOSE GOMEZ CACERES, Magistrado de esta Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La responsabilidad directa de la Autoridad Portuaria por los daños y perjuicios causados como consecuencia del funcionamiento de sus servicios públicos se rige por la legislación general sobre responsabilidad administrativa. Ello lleva consigo la aplicación de arts. 106,2 CE y 139 y siguiente LPC, 26 de noviembre de 1992 . Para que los particulares tengan derecho a ser indemnizados conforme a dicha normativa, la jurisprudencia ha venido requiriendo que el daño o perjuicio o lesión originados al reclamante en sus bienes o derechos sea consecuencia del funcionamiento...

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